Indigenous Amazonian Leader Nemonte Nenquimo Is Named TIME 100 Most Influential People In The World
Contact: Sophie Pinchetti, sophie@amazonfrontlines.org, Whatsapp: +593 98 148 4873. Photos and interviews with Nemonte Nenquimo and additional spokespeople available upon request.
(Puyo, Ecuador. September 23, 2020) — In a major global recognition of the struggle of Indigenous peoples in the Amazon, TIME has named Waorani leader Nemonte Nenquimo from Ecuador to this year’s TIME 100, its annual list of the 100 most influential people in the world. Nenquimo’s mention is introduced by actor Leonardo DiCaprio, an avid supporter of Indigenous rights and Amazon protection.
Nemonte Nenquimo is a prominent Indigenous leader from the Ecuadorian Amazon, who is fighting to protect her ancestral territory, culture, and way of life. In 2019, Nenquimo led her people’s historic legal victory against the Ecuadorian government, protecting half-a-million acres of primary rainforest from oil drilling and setting a precedent for Indigenous rights across the region. She is a member of the Waorani nation, legendary hunter-harvesters of the southcentral Ecuadorian Amazon, who currently number approximately 5000 spread across 54 communities over roughly 2.5 million acres of some of the most richly biodiverse and threatened rainforest on the planet. Raised in the traditional community of Nemonpare in the Pastaza region of the Ecuadorian Amazon, Nenquimo co-founded the Indigenous-led nonprofit organization Ceibo Alliance in 2015 to protect Indigenous lands and livelihoods from resource extraction within their territories. In 2018, she was elected the first female president of CONCONAWEP, the Waorani organization of Pastaza province.
“The TIME 100 recognition is for our ancestors, our elders, and all Indigenous peoples fighting to protect the Amazon”, declared Nenquimo in response to the announcement. “The fires, pandemic, and accelerating climate change are a stark reminder that our world is out of balance. Along with my indigenous sisters and brothers, we hope TIME’s recognition will inspire people from all nations and countries to stand with us in demanding respect for Indigenous rights and to listen to Indigenous knowledge and solutions. Now is the time to unite to protect the Amazon, our planet, and climate for future generations.”
Nenquimo is the only Indigenous woman featured on the 2020 TIME list and among the first Amazonians to ever receive the accolade. In reaction to the news, the Waorani nation of Ecuador celebrated the honor as a recognition of their collective struggle in a public statement:
“Throughout the Amazon, our indigenous territories and cultures are being gravely threatened by governments, extractive industries, and invaders. The TIME 100 news is an important recognition that our struggle is being heard. Western civilization is waking up to the need to listen to and respect Indigenous peoples. As indigenous peoples, we are connected with our origins, and with the spirits of our territories. We are defending Mother Earth with our courage, our knowledge, and our lives. It is time for governments and companies to listen to us and respect us.”
The Waorani people’s resistance continues to inspire frontline Indigenous communities across the Amazon and beyond as a powerful example of Indigenous-led action against fossil fuel extraction. Nenquimo was instrumental in developing her people’s multi-faceted campaign, which ultimately defeated the Ecuadorian government in court and galvanized Indigenous resistance to the auctioning of Indigenous territories to foreign oil companies. The Waorani people’s struggle emerged as a flashpoint in the South American country, highlighting the growing conflict between the Ecuadorian government’s thirst for oil revenues to relieve international debt and indigenous peoples’ internationally recognized rights to free, prior and informed consent, self-determination, territory and the rights of nature, which have been recognized by the Ecuadorian constitution since 2008.
Nenquimo is only the second Ecuadorian to be named to the TIME100 list, which recognizes the activism, innovation, and achievement of the world¹s most influential individuals and is now in its seventeenth year. Nenquimo’s recognition comes as Ecuador grapples with a severe coronavirus outbreak in rainforest territories and struggles to revive its fragile debt-ridden economy – crises that compound existing threats to Indigenous peoples’ survival. Since the onset of the pandemic, Nenquimo has organized independent medical brigades and other relief to Waorani communities infected by the novel coronavirus, as well as united with other Indigenous nations to demand a moratorium on all resource extraction in the Amazon during the COVID-19 pandemic.
“The recognition of Waorani leader Nemonte Nenquimo as a TIME100 Honoree shines a light on the collective struggles of Indigenous peoples who are putting their bodies on the line to fight against the most pressing threats facing the Amazon and our climate. This honor also serves to highlight the solutions and resilience of Indigenous peoples amid multiple crises”, said Amazon Frontlines’ Executive Director & Founder Mitch Anderson, a nonprofit organization based in the Upper Amazon, which defends indigenous peoples’ rights to land, life, and cultural survival, and which has been working closely with the Waorani and other Indigenous nations for nearly a decade.
The Waorani will return to the courtroom this fall, before Ecuador’s Supreme Court, as their precedent-setting legal case has been selected to set national level jurisprudence on Indigenous Rights, with specific regard to the right to free, prior, and informed consent. The process comes amid intensifying extraction across the Amazon and contentious debate over Indigenous peoples’ right to veto projects affecting their territories.
“As Indigenous peoples, we have demonstrated our critical role in the protection of the balance of life and our planet, and we have won the first battle against the pandemic. But our fight against the tougher pandemic of extractivism threatening our territories and our survival continues”, declared José Gregorio Diaz Mirabal from COICA, the coordinating body of Indigenous organizations across the nine-country Amazon basin.
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Amazon Frontlines is a non-profit organization based in Lago Agrio, Ecuador that leverages technology, legal advocacy and movement building to support indigenous peoples to defend their rights to land, life and cultural survival in the Amazon Rainforest. For more information, visit www.amazonfrontlines.org.
Juez ordena a Ministros del Ambiente y de Recursos Naturales No Renovables y Contraloría General informar sobre cumplimiento de sentencia resuelta hace casi dos años a favor de la comunidad A’i Cofán de Sinangoe con la advertencia de destitución

El 7 de septiembre de 2020, el Juez de la Sala Multicompetente del cantón Gonzalo Pizarro emitió una providencia, en la que informa que ha realizado acciones reiterativas requiriendo el cumplimiento de la sentencia que fue dictada a favor de la comunidad A’i Cofán de Sinangoe en el 2018 por la Corte Provincial de Sucumbíos.
En la misma, también se dispone al Ministerio de Ambiente y Agua, al Ministerio de Energía y de Recursos Naturales No Renovables y a la Contraloría General del Estado que, en el plazo de 15 días, informen por escrito al Juez sobre el cumplimiento de las obligaciones establecidas para dichas instituciones en la sentencia referida. Y establece que, en caso de no acreditar dicho cumplimiento, se aplicará lo establecido en el artículo 86.4 de la Constitución, que dispone:
“Si la sentencia o resolución no se cumple por parte de servidoras o servidores públicos, la jueza o juez ordenará su destitución del cargo o empleo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar”.
En estos casi dos años de la sentencia final, ni el Ministerio del Ambiente y Agua (MAE), a cargo de Paulo Proaño, ha cumplido su obligación de realizar la reparación ambiental en las zonas afectadas por minería ni el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables (MERNNR), presidido por René Ortiz, ha revertido al Estado las 20 concesiones mineras entregadas, siendo estas las disposiciones ratificadas por la Corte Provincial de Sucumbíos.
Es más, el MERNNR le ha expresado textualmente por escrito al Juez que no está dispuesto a cumplir la orden judicial. Esto supone, además, incurrir en un delito tipificado por el Código Integral Penal, al no cumplir la decisión legítima de autoridad competente; en este caso, una sentencia judicial definitiva.
Por otro lado, según los relatos compartidos por la comunidad A’i Cofán de Sinangoe y evidenciado por la labor de cuidado territorial de su Guardia Indígena, las actividades mineras ilegales en la zona no se han detenido. Lo que supone que las autoridades condenadas siguen sin cumplir con sus obligaciones de vigilancia y cuidado del bosque y de los ríos frente a las actividades mineras. En ese mismo sentido, la Contraloría, bajo la dirección de Pablo Celi, debía realizar una auditoría a esos procesos mineros para verificar cómo se habían realizado. Sin embargo, esto tampoco ha ocurrido.
Debemos señalar que la comunidad ha realizado acercamientos, en varias ocasiones, al MAE para lograr el cumplimiento de la sentencia, incluso obteniendo compromisos de esta Cartera de Estado de reparar la zona y hacerlo de forma concertada con la comunidad. No obstante, el tiempo ha transcurrido sin que estos compromisos que tampoco se hayan cumplido.
Es inaceptable que hayan pasado casi dos años desde que una Corte declaró que se violaron los derechos colectivos de la comunidad A ́i Cofán de Sinangoe, estableciendo medidas de reparación que las instituciones del Estado han incumplido consciente y voluntariamente. Con esto, se ha mantenido la vulneración a esos derechos y, además, se han burlado de los tribunales de justicia. Ello, en un Estado Plurinacional e Intercultural.
La protección a los derechos humanos y colectivos está establecida constitucionalmente en nuestro país y, teóricamente, existen los mecanismos necesarios para velar por su cumplimiento, pero, en este caso, evidentemente no han sido efectivos. Paralelo a ello, reconocemos el trabajo de la comunidad por cuidar su territorio, a través de la Guardia Indígena, y, pese al abandono del Estado, mantenerse firme en la defensa territorial.
“Los ministros no han cumplido y no han dado seguimiento a la sentencia que obtuvimos hace dos años. Es importante que se destituyan a los ministros y que quienes vengan cumplan no sólo la nuestra, sino de otras sentencias de otros pueblos”, señala Nixon Andy, coordinador de la Guardia Indígena.
Como Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos y organizaciones adherentes, entre ellas la comunidad de Sinangoe, reiteramos al juez su obligación de dar cumplimiento sin dilación al referido artículo de la Constitución, tal como establece en su propia notificación. Dado que, como él mismo señala, “este Juzgador ha realizado todas las diligencias requiriendo el cumplimiento de la sentencia a las entidades requeridas”, sin que las instituciones del Estado hayan cumplido.
Finalmente, insistimos en que resulta muy grave y preocupante que, en una acción deliberada, las entidades del Estado, Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables y Ministerio de Ambiente, hayan decidido incumplir una orden judicial definitiva y que el incumplimiento por parte del Estado no termine en acciones sancionadoras desde la autoridad judicial correspondiente, establecidas constitucional y legalmente.
Contactos:
- Víctor Quenama, presidente de Sinangoe +593 96 264 7861
- Nixon Andy, coordinador de la Guardia Indígena +593 98 152 4084
- Jorge Acero, abogado de la Comunidad +593 98 856 6832

Dilatan por quinta vez audiencia de acción de protección que busca proteger a la población de la presencia de mecheros en la Amazonía

En la mañana de este miércoles, 16 de septiembre de 2020, la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos suspendió por quinta vez la audiencia de apelación por el caso Mecheros, alegando que no se ha ratificado por escrito la participación de las y los abogados de las nueve niñas demandantes. A pesar de que las accionantes se encontraban presentes en la audiencia y a viva voz indicaban quienes ejercían su defensa técnica, ésta fue suspendida por el juez ponente Wilmer Suarez, quien dispuso que en el término de 72 horas las accionantes indiquen a la Corte, quien ejercerá la defensa técnica para cada accionante.
En la audiencia pública y oral que estaba prevista instalarse a las 10:30 de la mañana, se encontraban las nueve niñas accionantes, con sus representantes legales y defensa técnica. Esto permitía que las accionantes validen de forma oral la comparecencia de sus abogados dentro de la audiencia. De hecho, por tratarse de una acción de protección, las accionantes podrían comparecer sin abogados o abogadas, tal como lo faculta el literal c, del Art. 86 de la Constitución de la República. Sin embargo, sin que exista una motivación apegada a derecho, optó por suspender la audiencia de forma indefinida.
Estos retrasos injustificados no son nuevos en este caso, recordemos, que el día 25 de agosto del 2020, el mismo Juez dispuso: “En virtud de contar con un gran número de AMICUS CURIAE y para la revisión de la mismos se difiere la audiencia para el día Miércoles 16 de septiembre del 2020 a las 10h30 a fin de que se lleve a cabo la audiencia Oral, Pública y Contradictoria”.
Para el señor Donald Moncayo, padre de una de las niñas accionantes, lo que ocurre en esta acción es una total burla a las niñas accionantes y a la sociedad de Orellana y Sucumbíos. “Recordemos que existen más de 447 mecheros contaminando nuestra agua, nuestro aire, los cultivos, de forma permanente. Aquí tenemos un doble hecho de violación de derechos Humanos. En primer lugar, el Estado y las empresas petroleras violan nuestros derechos al destruir nuestros elementos de vida; luego violan nuestro derecho al dejarnos sin acceso a la justicia”, enfatizó el señor Moncayo.
Como Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos expresamos nuestra preocupación por la violación de derechos, pues una acción de protección es un recurso legal que debería actuar con celeridad, mucho más aún cuando tres padres de familia de las nueve niñas padecen diferentes tipos de cáncer. Los casos de cáncer se desbordan en Orellana y Sucumbíos. La Unión de Afectados por las Operaciones de Texaco (UDAPT) conjuntamente con la Clínica Ambiental, en dos años, han registrado más de 230 casos de cáncer, más del 70% de ellos se producen en mujeres, lo que demuestra que, si las accionantes no encuentran justicia hoy, posiblemente mañana algunas de ellas sean las siguientes víctimas del cáncer.
La presente acción de protección fue presentada en febrero de 2020, donde nueve niñas y sus familiares demandaron al Estado ecuatoriano por autorizar a las empresas petroleras la quema de gases derivados de la explotación, sin precautelar la vida humana y los derechos de la naturaleza. Durante el proceso judicial, se conoció que existen un total de 305 plataformas petroleras con 447 mecheros, de los cuales 351 están activos y que Petroamazonas EP tiene bajo su responsabilidad 78% de los mecheros mapeados y el 80% de aquellos de los activos.
Todos estos casos reflejan la falta de independencia del sistema judicial que se vive en el Ecuador, donde la naturaleza, los pueblos indígenas, niñas y niños por campesinos, quedan sin acceso a la justicia. Existe un estado de desprotección e impunidad por parte del sistema de justicia en relación a la agresión que comete el Estado ecuatoriano y las empresas petroleras frente las comunidades afectadas.
Lo que ocurre con la acción de protección del caso Mecheros, no es aislado a lo que ocurre con otras acciones de protección que tienen que ver con el Estado y empresas petroleras. Esta situación ya ocurrió en días pasados, en la demanda del derrame en la zona de los ríos Coca y Napo. Este proceso tardó en resolverse más de 100 días y fue resuelto a favor del Estado y las empresas OCP y Petroecuador EP.
Ante esto, exhortamos al Tribunal Provincial de Sucumbíos a cumplir con el debido proceso y hacemos un llamado urgente a las organizaciones sociales a nivel internacional a vigilar el desarrollo de este proceso que parecería continuar con la impunidad sistemática. Adicionalmente, solicitamos a la Defensoría del Pueblo vigilar el desarrollo del proceso, dado que la justicia que se establece en función de los intereses de las empresas y se retarda, no es justicia.
Contacto: Pablo Fajardo +593 99 397 7811
Las Compañías Petroleras Intentan Concluir Las Operaciones De Remediación A Pesar De Que La Contaminación Persiste

Quito, Ecuador. 10 de septiembre de 2020 – Las dos operadoras de los oleoductos más importantes del Ecuador, detuvieron las operaciones de limpieza la semana pasada, declarando que la remediación del derrame ocurrido el pasado 7 de abril se completó a pesar de que existe evidencia de que la contaminación en el curso de los ríos Coca y Napo, se mantiene. La medida tomada por el consorcio de OCP, que incluye a: CNPC, Sinopec, Repsol y otros, y la estatal Petroecuador, se produjo cuando un juez de la primera instancia de la Judicatura de Orellana, falló en contra de miles de indígenas Kichwa afectados por el derrame masivo de aproximadamente 15.800 barriles de petróleo y otros contaminantes en ríos que alimentan las afluentes del Amazonas. Las empresas ahora buscan cerrar la puerta al peor derrame del país en décadas, convocando a reuniones públicas con las comunidades para informar de las acciones de remediación y entregar el río, a pesar de que la evidencia demuestra que todavía existen remanentes de petróleo en el río y el deterioro a la salud de las comunidades locales, es visible.
Sin embargo, los afectados durante el proceso judicial demostraron que el derrame violó los derechos humanos básicos y los derechos de la naturaleza garantizados en la constitución de Ecuador, y que este desastre fue el resultado de una negligencia atroz y una falta de previsión por parte de las empresas y el Estado. Las comunidades planean apelarán el veredicto del 1 de septiembre, en el cual la justicia ecuatoriana falló contra el proceso de reivindicación de derechos de 27.000 indígenas kichwa; los afectados buscarán todas las opciones legales a nivel nacional y luego internacional si es necesario.
“Estas empresas, y nuestro propio gobierno, están haciendo todo lo posible para evadir la rendición de cuentas”, dijo Carlos Jipa , presidente de la federación Kichwa FCUNAE. “Ellos ignoraron la ciencia, ignoraron las advertencias y ahora estamos sufriendo. No queremos sus justificaciones. No necesitamos ir a una reunión y escucharlos decirnos que el río es el mismo que antes, que está bien bañarse, nadar, pescar y beber. Puedo ver con mis propios ojos que todavía hay aceite en el agua. Queremos acción. Queremos ríos limpios “.
Como Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, grupo de organizaciones de la sociedad civil que apoya el caso de acción de protección con medidas cautelares a favor de las comunidades afectadas por el derrame, denunciamos públicamente el intento del consorcio OCP y Petroecuador de poner fin a la remediación cuando la contaminación todavía persiste.
La evidencia visual de contaminación en los ríos y cultivos de las comunidades pone en cuestión cualquier prueba o análisis de la contaminación del agua. Incluso informes del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, indican que algunas zonas de las riberas de los ríos Napo y Coca aún tienen trazas de petróleo a menos de un metro de profundidad en los sedimentos del río. Además, los testimonios de comuneros advierten que existe una disminución significativa de la pesca y que continúan las dolencias de la piel por exposición a los contaminantes, sin considerar siquiera el impacto cultural en las prácticas espirituales vinculadas al río, las cuales han alterado la relación de los pueblos indígenas con el territorio.
Las empresas no solo han tratado de hacer un lavado manos de su respuesta a los derrames deteniendo prematuramente las actividades de limpieza que eran inadecuadas tanto en alcance como en la remediación real de los hidrocarburos de los sistemas fluviales y los sedimentos asociados, sino que también han utilizado tácticas para intimidar a las comunidades para que renuncien a sus derechos para el futuro. reparación o remedio. En la carta, las empresas hicieron explícita su amenaza: al no participar en la reunión, las comunidades no serían contadas como ‘beneficiarias’ y quedarían fuera del proceso de compensación del gobierno.
Durante el proceso legal, la Judicatura de Orellana, OCP y Petroecuador proporcionaron información que demuestra que no garantizaron el acceso a fuentes de agua seguras para las comunidades locales. Donde afirman la entrega de 1.016 galones de agua a 50 familias indígenas para un consumo de aproximadamente cinco semanas, es decir, tres litros de agua semanales por familia, cuando la Organización Mundial de la Salud señala que una personas requiere de al menos 15 litros diarios por persona, en contexto de pandemia.
El comportamiento tanto de OCP como de Petroecuador muestra que el único interés de las empresas operadoras es acortar sus obligaciones con los afectados , negándose a brindar una fuente de agua segura y permanente, así como cumpliendo con su deber de garantizar procesos integrales de remediación de los ecosistemas afectados.
El derrame ha violado el derecho al agua, la salud, la soberanía alimentaria, la tierra, los derechos de la naturaleza, entre otros. Estas violaciones no deben quedar impunes o sin resolver.
Ante estos hechos, las organizaciones que integran la Alianza por los Derechos Humanos: FCUNAE, CONFENIAE, Amazon Watch y Amazon Frontlines, exigen que Oleoducto de Crudos Pesados SA (OCP), Petroecuador EP y el Ministerio de Medio Ambiente y Agua asumir sus responsabilidades a las comunidades afectadas y la naturaleza de llevar a cabo un profundo proceso de remediación y de amplio alcance en las zonas afectadas por el derrame del 7 de abril; los cuales deben realizarse sobre la base de criterios técnicos y la implementación de un plan de reparación y remediación. Dicho proceso debe contar con el consentimiento y apoyo de las comunidades afectadas para cumplir plenamente con la restitución de todos los derechos vulnerados. Asimismo, exigimos la suspensión de los programas de socialización anunciados para “el restablecimiento de los recursos hídricos” hasta que el mencionado plan esté adecuadamente validado e implementado.
Rechazamos que las empresas busquen legitimar sus acciones a través de métodos de participación impuestos bajo coacción, que pretenden distanciarse de sus responsabilidades en este desastre ambiental y social.
María Espinosa, abogada de los demandantes indígenas de Amazon Frontlines, emitió este comunicado:
“Los reclamos descarados y engañosos de las compañías petroleras OCP y Petroecuador con respecto a sus intentos de la supuesta remediación refuerzan lo que los demandantes ya demostraron y denunciaron a través de su demanda: las empresas están priorizando los intereses corporativos por encima de los derechos fundamentales de miles de pueblos indígenas y engañando a las comunidades sobre la limpieza de este enorme derrame de petróleo que contaminó dos importantes ríos del Amazonas. A pesar de la abrumadora evidencia, las empresas están negando su responsabilidad de un derrame totalmente prevenible y actuando en complicidad con el Ministerio del Ambiente, la misma institución encargada de la protección ambiental de los impactos de actividades como las operaciones petroleras ”.
Carlos Mazabanda , Coordinador de campo de Amazon Watch en Ecuador, emitió este comunicado:
“Es lamentable que el Ministerio de Medio Ambiente y Agua de Ecuador continúe mostrando su papel como defensor de las empresas petroleras que han causado daños ambientales y sociales con este derrame. Esta institución del Estado debe estar abogando por las comunidades y exigiendo el cumplimiento de los Derechos de la Naturaleza y al Ambiente Saludable, no promoviendo estas socializaciones y facilitando que quienes han contaminado renuncien a su responsabilidad y sus acciones queden impunes ”.
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Oil Companies Seek to End Clean-up of Amazon Oil Spill Despite Ongoing Pollution

For immediate release
Quito, Ecuador. 10 September 2020 – Ecuador’s two oil pipeline operators prematurely halted clean-up operations last week, declaring the remediation complete despite evidence of ongoing pollution in both the Coca and Napo rivers – tributaries to the Amazon river. The move by the OCP pipeline consortium, which includes CNPC, Sinopec, Repsol, and others, and the state-run Petroecuador, came as an Ecuadorian lower court judge ruled against thousands of Kichwa Indigenous peoples affected by the massive spill, which dumped an estimated 15,800 barrels (664,000 gallons) of crude oil and other pollutants into Amazon rivers and tributaries.
The companies are now seeking to close the door on the country’s worst spill in decades by convening public meetings with communities to tout the clean-up despite visible evidence of oil in the river and the deterioration of the health of local communities. The communities plan to appeal the September 1st verdict and pursue all legal options nationally and then internationally, if necessary.
In a letter to affected communities announcing the public presentations of the “clean-up” results scheduled this week, the companies claimed that the April 7th spill was a result of natural events beyond their control and that they responded “immediately,” thus released from all liability. Furthermore, they state that they have carried out adequate repairs, environmental remediation, and provided compensation for those affected. However, the visual evidence of ongoing contamination in the rivers and crops of communities definitively refutes any water testing or analysis of contamination. Reports from the Ministry of the Environment and Water indicate that some areas of the banks of the Napo and Coca Rivers still have oil remnants less than a meter deep in the river sediments. Furthermore, the testimonies of community members warn that there is a significant decrease in catch available for fishing, skin diseases from oil exposure continue, and the cultural impact on spiritual practices linked to the river are affecting the relationship of Indigenous peoples with the land.
Evidence presented by affected communities during the legal proceedings shows that the spill violated basic human rights and the rights of nature as guaranteed in Ecuador’s constitution, and was a result of egregious negligence and absence of foresight on behalf of the companies and the state. The spill has violated the right to water, health, food sovereignty, land, rights of nature, and these violations must not remain unpunished or unresolved.
“These companies, and our own government, are doing everything they can to evade accountability,” said Carlos Jipa, President of the Kichwa federation FCUNAE. “They ignored science, they ignored the warnings, and now we are suffering. We don’t want their justifications. We don’t need to go to a meeting and listen to them tell us the river is the same as before, that it’s okay to bathe in, swim in, fish in, and drink from. I can see with my own eyes that there is still oil in the water. We want action. We want clean rivers.”
The behavior of both OCP and Petroecuador shows that the only interest of the operating companies is to skirt their obligations to those affected, refuse to provide a safe and permanent water source, as well as fail to honor their responsibility to guarantee a comprehensive remediation processes of the affected ecosystems. The companies have also used tactics to bully communities into waiving their rights for future redress or remedy. In the letter, the companies made their threat explicit: by not participating in the meeting, communities would not be counted as ‘beneficiaries’ and would be excluded from the government compensation process.
In light of these events, the organizations that make up the Alliance of Organizations for Human Rights, a group of civil society organizations that have supported the case for protection measures brought by communities affected by the spill including FCUNAE, CONFENIAE, Amazon Watch, and Amazon Frontlines, publicly denounce the attempt of the OCP and Petroecuador to end the remediation when contamination is still evident. The Alliance also demands that Oleoducto de Crudos Pesados S.A. (OCP), Petroecuador E.P., and the Ministry of the Environment and Water assume their responsibilities to the affected communities and nature by carrying out a thorough process of remediation and wide-ranging repair of the areas affected by the April 7th spill, based on technical criteria and the implementation of a Comprehensive Remediation and Reparation Plan. Such a process must have the consent and support of the affected communities to fully comply with the restoration of all the violated rights. Also, we demand the suspension of ‘community outreach’ programs announced for “the reestablishment of water resources” until the aforementioned plan is adequately validated and implemented.
We reject that these companies are seeking to legitimize their lack of action through community meetings imposed under duress and as a means to distance themselves from their responsibilities in this environmental and social disaster.
María Espinosa, Lawyer for the Indigenous Plaintiffs from Amazon Frontlines, released this statement:
“The outrageous and deceitful claims from oil companies OCP and Petroecuador regarding their attempts at so-called remediation reinforce what plaintiffs already demonstrated and denounced through their lawsuit: companies are prioritizing corporate interests above the fundamental rights of thousands of Indigenous peoples and deceiving communities about the clean-up of this massive oil spill which contaminated two major Amazon rivers. Despite the overwhelming evidence, the companies are negating their responsibility of a spill that was fully preventable and acting in complicity with the Ministry of the Environment, the very institution charged with environmental protection from the impacts of activities such as oil operations.”
Carlos Mazabanda, Amazon Watch’s Ecuador Field Coordinator, released this statement:
“It is unacceptable that the Ecuadorian Ministry of the Environment and Water continues to show its role as the defender of the oil companies that have caused environmental and social damage with this spill. This State institution should be advocating for the communities and demanding compliance with the Rights of Nature and to a Healthy Environment by not promoting these socializations and facilitating that those who have polluted renounce their responsibility and their actions go unpunished.”
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Juez rechaza la acción de protección y medidas cautelares a favor de comunidades indígenas afectadas tras derrame de crudo

El Coca, 1 de septiembre de 2020.- El juez Jaime Oña de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Francisco de Orellana en Ecuador, negó la demanda constitucional presentada por comunidades Kichwas y organizaciones de derechos humanos contra el Estado ecuatoriano y las compañías petroleras responsables del derrame de crudo ocurrido el pasado 7 de abril, considerado uno de los peores en los últimos 15 años.
La audiencia pública que se reinstaló este martes, 1 de septiembre de 2020, a las 10:30, una hora más tarde de lo previsto debido a la ausencia de un/a traductor/a kichwa dado que el Consejo de la Judicatura de Orellana nombró un traductor oficial Waorani en una audiencia donde la población afectada es Kichwa, irrespetando así los principios constitucionales de interculturalidad y plurinacionalidad.
En la lectura de la sentencia, el juez Oña reconoció que “es innegable que se produjo un derrame de crudo por la ruptura de los oleoductos y que se produce un derrame de petróleo que ha originado afectaciones en las poblaciones de los ríos Coca y Napo”, sin embargo, al final de su intervención, señaló que no se ha logrado demostrar la vulneración en los alegatos de los accionantes; por lo tanto, “la acción planteada no cumple con lo que establece la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional porque la sola afirmación de que se está produciendo una violación a sus derechos no es suficiente elemento para el acceso a la vía constitucional”.
Además, alegó que de dar paso a la acción de protección por la justicia constitucional, pasaría a asumir potestades que no le corresponden, afectando la seguridad jurídica de los ciudadanos y desvirtuando la estructura jurisdiccional del Estado. Y que las acciones por daño ambiental y derechos deben plantearse ante las vías civil, penal o administrativa. También negó las medidas cautelares “al no haber justificado la gravedad como la inminencia de las vulneraciones de los derechos constitucionales, que son materia de la pretensión, y al no cumplirse con los requisitos”.
Frente a la decisión del juez, Carlos Jipa, presidente de la FCUNAE, sostuvo que continuarán con esta lucha y piden respeto a la nacionalidad Kichwa porque “nosotros somos del territorio, hacemos un llamado a unirnos y mantener esta unidad para decir basta de saqueos y mantenernos en la pobreza”.
Para María Espinosa, parte del equipo jurídico que representa a las víctimas, “el juez omite pronunciarse acerca de la vulneración a la vida digna, agua, salud, alimentación, derechos de la naturaleza; omite, además, los derechos colectivos vulnerados”. Así mismo, la jurista sostuvo que seguirán agotando todas las instancias que correspondan en el derecho interno y, de ser necesario, en el ámbito internacional.
Al finalizar la audiencia telemática, los demandantes no pudieron hacer conocer su decisión de apelar la decisión del juez porque él, abruptamente, cerró la transmisión. Los demandantes potenciarán su campaña global “Amazonía Sin Extracción” exigiendo una suspensión de toda actividad extractiva en la Amazonía.
Con estas garantías jurisdiccionales solicitadas se buscaba reparar los derechos vulnerados como al agua, a la alimentación, a la salud, a vivir en un ambiente sano, a la información, al territorio de los pueblos y nacionalidades de las 27 mil personas afectadas directamente por el derrame de al menos 15.800 barriles de crudo vertidos en los ríos Coca y Napo, así como a los derechos de la naturaleza.
Contexto
Durante el proceso judicial, se presentaron alrededor de 12 testigos, habitantes de las comunidades afectadas, quienes detallaron que se enteraron del derrame cuando entraron al río sin saber que ya estaba contaminado, relataron, además, que desde abril, no pueden usar el río ni obtener agua ni alimentos porque éstos apestan a petróleo. También se presentaron 17 amicus curiae (amigos de la Corte), expertas/os científicos, quienes describieron las omisiones y la negligencia ante un hecho natural pero previsible; y 60 pruebas documentales, conformadas por informes oficiales, peritajes antropológicos, videos, entre otros.
Los abogados del Estado y OCP argumentaron que el derrame de petróleo fue un “caso fortuito de fuerza mayor” y que habían dotado comida suficiente, adecuada y agua a las comunidades. Sin embargo, sus propias pruebas demostraron que conocían el riesgo de derrame desde días atrás y que su respuesta fue tardía, insuficiente e inadecuada. Además, por testimonios de las víctimas, se supo que relacionistas comunitarios les advirtieron que no iban a recibir las provisiones alimenticias a menos que renunciaran a demandar a las compañías petroleras.
Juicio ético popular
Ante la preocupación por la dilación del proceso judicial, las más de 105 comunidades indígenas kichwa afectadas solicitaron la realización de un Tribunal Ético Popular, conformado por Alejandro Ponce, Eugenio Arellano, Gina Benavides, Marco Navas y Mariana Yumbay.
Luego de más de 5 horas de recolección de testimonios de las comunidades y de los alegatos de ambas partes procesales, la presidenta del tribunal popular, Gina Benavides, dio a conocer la decisión unánime: “Hubo vulneración debido a la omisión del Estado y las empresas demandadas, que generó afectaciones en varios niveles: derechos de la naturaleza, colectivos, a la información, a la organización, al debido proceso, entre otros”.
Acerca del derrame de petróleo
Los oleoductos SOTE y OCP se rompieron en abril de este año como resultado de la negligencia en atender la anunciada erosión regresiva en los ríos Coca y Napo. Respaldadas por organizaciones de derechos humanos, las comunidades indígenas presentaron el 29 de abril una demanda pidiendo la reparación, resarcimiento y el fin de la impunidad de las compañías petroleras en nombre de 27.000 indígenas de 105 comunidades que se vieron afectadas por el derrame de petróleo. La diligencia fue suspendida por 75 días, por problemas de salud del juez, mientras la incesante erosión y deslaves masivos amenazaban con un segundo derrame de petróleo.
El 4 de agosto, las comunidades que habitan en las riberas de los ríos Coca y Napo presentaron decenas de pedidos de medidas cautelares ante el Consejo de la Judicatura de Francisco de Orellana, con el fin de exigir la suspensión del flujo de petróleo en el área de la ex-cascada de San Rafael . Esto, debido al avance acelerado de la erosión regresiva del río Coca, amenaza que continúa luego de casi cinco meses de la ruptura de los principales oleoductos del Ecuador.
El riesgo de otro evento catastrófico pudo apreciarse en el periodo previo a la sentencia. En junio, los nuevos trazados estuvieron en peligro por la erosión del río Montana; en julio, los derrumbes represaron el río Coca en varias ocasiones; y el 22 de agosto, en una parte de la carretera en la misma sección del río colapsó debido a la erosión de la tierra y a la falta de respuesta oportuna por parte del Estado.
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Sophie Pinchetti, Amazon Frontlines, +593 98 148 4873
Yuli Gaona, Alianza por los Derechos Humanos de Ecuador, 0980916690
Ecuadorian Judge Dismisses Indigenous Peoples’ Lawsuit Over Oil Spill in Amazon, Undermining Country’s Historic Constitution

For immediate release
Coca, Ecuador, 1 September 2020 — Today, after months of unjustifiable delays in a high stakes lawsuit concerning a massive oil spill that occurred on April 7 in the biodiverse headwaters region of Ecuador’s Amazon, which affected the health and livelihoods of thousands of Indigenous Kichwa community members, the Provincial Court of Orellana issued a ruling. The lower court judge dismissed the case, citing that it was the incorrect legal venue. Instead, he asserted that administrative, civil and criminal mechanisms exist to address plaintiff’s claims for remediation and redress, thereby denying that the constitutional rights of Indigenous peoples and nature were violated.
The outcome gives oil companies OCP and Petroecuador a free pass for industrial scale pollution in the Amazon and raises concerns about the oil industry’s capture of the judicial branch. The decision is the corroboration of what Indigenous communities’ have feared since the start of this trial—that the justice system is rigged in favor of the country’s economic interests and does not guarantee due process or constitutional rights to Indigenous peoples. It also tarnishes Ecuador’s pioneering constitution, which was the first in the world to incorporate rights of nature and undergo an extensive participatory process in its formation and passage by public referendum.
Despite substantial evidence that the state and oil companies acted negligently and violated the rights of the Kichwa and of nature, which included extensive testimony from scientific experts and first-hand accounts from community members, the defense’s lawyers disingenuously argued throughout the trial that the companies were not responsible. They claimed that the oil spill was an unpreventable “act of nature” and that the river would clean itself over time. They also claimed to have supplied adequate food and water to communities whose lands and drinking water were contaminated, but community members who received limited supplies over the past four months say the aid was wholly insufficient to survive on and came with strings attached.
One report documents that just over 1,000 gallons of water was provided to 50 families for five months of consumption, which is the equivalent of just three liters per week per family. According to the World Health Organization (WHO), between 50 and 100 litres of water per person per day are needed to ensure that most basic needs are met and few health concerns arise. Indigenous victims were told that they could not receive vital supplies unless they signed a document waiving their rights to participate in a lawsuit against the oil companies.
At a time of heightened vulnerability for Indigenous peoples due to the state’s mishandling of the COVID-19 pandemic, systemic discrimination against the Amazon’s Indigenous communities appears to extend to the national court system. The Kichwa say this ruling is an egregious dismissal of justice that denies their rights to a healthy environment, clean water, food sovereignty and health.
Plaintiffs will immediately appeal the verdict and, with other Indigenous organizations and international partners, ramp up their global campaign “Stop Amazon Extraction” calling for a moratorium on all extraction in the Amazon.
About the oil spill
The SOTE and OCP pipelines ruptured earlier this year as a result of negligence in addressing forewarned headward erosion on the Coca and Napo rivers. Backed by human rights organizations, Indigenous communities immediately filed a lawsuit asking for remediation, redress, and an end to oil company impunity on behalf of 27,000 Indigenous people from 105 different communities who were affected by the oil spill. The case was then suspended for 75 days, with the judge citing health concerns, as continued erosion and massive landslides threatened a second oil spill.
On August 4, more than two months after the case was filed, Kichwa communities along the spill zone escalated their demands by filing dozens of lawsuits to trigger court-ordered injunctions that would shutdown the oil pipelines. The risk of another catastrophic event was on display in the lead-up to the court’s decision when part of the highway along the same section of river collapsed due to erosion and ongoing state negligence.
Carlos Jipa, president of the Kichwa Indigenous federation, FCUNAE, released the following statement:
“We denounce the judge’s decision today. The judge failed to even so much as acknowledge our rights, when, in fact, his decision should have ordered the immediate suspension of crude oil through the compromised pipelines that continue to endanger my people. Oil operations are still contaminating our rivers and threatening our lives. We protect our rivers and our forest, and we are ready to fight this until the end. We will appeal the Court’s decision”.
Veronica Grefa, Kichwa leader and President of Toyuca community, released the following statement:
“As a Kichwa indigenous woman, I will continue to fight for my people’s rights and lives. We demand justice. Our families are still suffering from the disastrous impacts of this spill, and we still don’t have clean water and food. Our communities are united to defend our rivers for future generations.”
Marlon Vargas, President of Amazonian indigenous organization, CONFENIAE, released the following statement:
“We have not lost this fight, we are ramping up our fight. The Ecuadorian government and companies must respect Indigenous rights and territories. For decades, we have been saying “no” to extractive activities on our territories. We are tired of the lies, discrimination, and rights violations. We will continue to call for the shutdown of Ecuador’s major pipelines and to fight against the governments and extractive interests that invade and destroy our homes in the name of profit and greed. We call upon the world to unite and join us to protect the Amazon.”
Maria Espinosa, Lawyer for the case from Amazon Frontlines, released the following statement:
“The court’s decision is unacceptable. 27,000 Indigenous people are still in grave danger and facing the imminent risk of another oil spill. Throughout the trial, we have demonstrated how the Ecuadorian government and the oil companies violated the constitutional rights of Indigenous Peoples and the rights of nature, and that extractivism is destroying people’s lives and the Amazon rainforest. To this day, there is still no guarantee of justice or reparations for those affected. We will appeal this ruling, and fight together until justice is delivered.”
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Dos meses después de recibir sentencia a favor de la Nacionalidad Waorani, el Estado no informa de las acciones tomadas y tiene un claro interés en no cumplir la resolución tal como fue emitida

Imágenes de las terapias con medicina ancestral usada en medio del covid-19 y la falta de atención médica.
Foto: Amazon Frontlines / Alianza Ceibo
18 de agosto de 2020.- Desde el 17 de junio, han pasado dos meses, en los cuales la sentencia debería tener un avance favorable y los dirigentes Waorani deberían conocer cuánto ha avanzado el tamizaje que debió realizarse hasta 16 días después de haber emitido la sentencia y cuánto se ha expandido el virus en su territorio. Así también, la población debería tener la certeza de que el gobierno garantiza sus derechos, especialmente, la salud y la alimentación durante la pandemia.
Al contrario, pese al riesgo evidenciado para la supervivencia de la Nacionalidad Waorani y de los Pueblos en Aislamiento Voluntario, el Estado ha generado incidentes dentro del proceso, tales como haber propiciado una nulidad sin fundamento, la petición de revocatoria de las medidas y la última apelación ante la Sala Especializada de lo Laboral, de la Corte Provincial de Pichincha. No obstante, ninguno de sus intentos fue aceptado y, el 30 de julio, la referida Sala volvió a ratificar la decisión inicial de proteger la vida, la salud, la autodeterminación y otros derechos de la Nacionalidad.
Estos derechos han sido amenazados frente a la propagación del covid-19 en sus territorios y al mal manejo de la crisis por parte del gobierno, con intervenciones tardías, insuficientes, culturalmente inadecuadas y poco respetuosas con los sistemas de gobierno propios.
“El Estado ecuatoriano no ha sido capaz de dar la atención correcta para pueblos y nacionalidades. Si nosotros no hubiéramos iniciado con la cooperación de manos aliadas, el Estado no hubiera intervenido. Los ministerios atienden lentamente a las comunidades”, señala Gilberto Nenquimo, presidente de la Nacionalidad Waorani.
Hasta el momento, con fecha viernes, 14 de agosto de 2020, el Ministerio de Salud (MSP) indica 348 casos positivos, cifra que no corresponde con la información levantada por la CONFENIAE de 362 casos en territorio Waorani, hasta el 16 de agosto de 2020. A esto se suma que las reuniones realizadas entre el MSP y los dirigentes Waorani son infructuosas, pues no existe una entrega íntegra de la información requerida. Esto responde a un complejo manejo burocrático de la misma, que no permite su acceso de manera oportuna, y ocasiona un conocimiento limitado de la situación.
Por ejemplo, la matriz de seguimiento elaborada por la Nacionalidad, y que debía ser actualizada por el MSP, continúa incompleta, confusa, y, sobre todo, refleja que se han realizado intervenciones en territorio sin contar con pruebas.1 Tampoco se reporta un número total de testeos, y se evidencia que no existe presupuesto para vuelos.
Todo lo anterior evidencia la fragilidad y precariedad del sistema de Salud, que no solo limita el acceso a la información, sino que continúa con escaso personal, de quienes reconocemos el trabajo incansable con pocos recursos. Cabe decir que, del resto de entidades públicas responsables de cumplir la sentencia, únicamente el Ministerio del Ambiente y Agua ha emitido un informe accesible.
“Como dirigentes, hemos estado trabajando día y noche, verificando la situación en las comunidades. Nos cuidamos con nuestras plantas, pero nuestros pikenani siguen en riesgo y el Estado no actúa rápido”, señala Nemonte Nenquimo, dirigente Waorani de Pastaza.
Como Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, expresamos nuestra preocupación por la falta de transparencia y por lo que supone la misma para la garantía de los derechos. Asimismo, rechazamos los últimos intentos de las entidades del Ejecutivo (Secretaría General de la Presidencia, la Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Salud) y de la Procuraduría General del Estado de revocar la decisión judicial con argumentos insostenibles. Esta actitud reincidente concuerda con la falta de lealtad procesal, de agilidad y oportunidad con la que las autoridades han puesto en marcha el cumplimiento de la sentencia.
Recordamos que la Sala de la Corte Provincial de Pichincha manifestó a estas instituciones que se verificó la falta de cumplimiento de “normativas nacionales e internacionales con la diligencia que ameritaba la emergencia sanitaria, especialmente la Normativa Técnica de Protección de salud para los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial aprobado mediante Acuerdo Ministerial Nº 0114-17”.23 Además, que la decisión judicial tiene el objetivo de controlar que suceda un riesgo mayor al advertido por quienes solicitaron estas medidas, y proteger “derechos constitucionales de las comunidades indígenas en estado de aislamiento y en contacto inicial en la zona amazónica”.
Los magistrados también destacaron que las medidas oportunas y eficaces no solo garantizan los derechos de la Nacionalidad Waorani y de los pueblos en Aislamiento Voluntario, sino también salvaguardan la “responsabilidad ulterior del Estado y de quienes las están administrando”. Esto supone un claro reconocimiento a que tanto las acciones como las omisiones de las entidades estatales están sujetas al control público, lo cual acarrearía incluso responsabilidades a nivel internacional.
Finalmente, como señala la última notificación judicial, las organizaciones que firmamos este comunicado también reiteramos en la necesidad de coordinación tanto interinstitucional como con la dirigencia Waorani. Instamos a las entidades estatales a cumplir de inmediato la sentencia judicial, tal como fue dictaminada, y que su cumplimiento no se supedite a tardanzas burocráticas que exacerban el riesgo. Además, exhortamos al Estado a suspender el ingreso a la zona intangible y frenar la construcción de la carretera al interior del Yasuní, por ilegal y atentatoria contra la vida y la salud de los pueblos milenarios que conviven en ese territorio.
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Pronunciamientos destacados de la Sala Especializada de lo Laboral, de la Corte Provincial de Pichincha, emitidos el 30 de julio:
La Sala Especializada de lo Laboral, de la Corte Provincial de Pichincha, señaló y ratificó que el Ministerio de Salud que no ha actuado con agilidad ni eficacia, sino de forma “lenta”, poniendo en riesgo la vida y la integridad de la población waorani, pese a los constantes llamados de la población Waorani. Además, que la atención en relación a la provisión de dotaciones alimenticias tampoco ha sido oportuna ni pertinente; que no se está garantizando la intangibilidad de la zona por la que transitan los Pueblos en Aislamiento Voluntario, debido a las actividades extractivas y a la carretera en plena zona intangible.
En tanto, la Secretaría General Jurídica de la Presidencia, Johana Pesántez, con mala fe, invalida la palabra de la dirigencia Waorani, que busca proteger tanto su vida como la de los pueblos en aislamiento voluntario. La funcionaria señala que la aplicación pondría en riesgo precisamente el no contacto. Frente a esto, los jueces de dicha Sala le recuerdan:
“son ellos quienes han solicitado la intervención de sus comunidades en un 100% para evitar la propagación del CORONAVIRUS-19 dentro de sus territorios y justificados estos hechos se admitió la demanda; y, en virtud de que las medidas cautelares dictadas no atentan el derecho de autodeterminación y aislamiento voluntario garantizado a los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial (…)” y bajo esta justificación, rechaza el pedido de revocatoria presentado por la Dra. Johana Pesantes (sic) Benítez representante del Presidente Constitucional de la República”.
Adicionalmente, en razón del supuesto riesgo que significaría aplicar las medidas cautelares, se reitera que “No es obligación de la juzgadora decirle al Estado como cumplir la medida, es el obligado quien debe buscar la forma y los mecanismos más adecuados para cumplir con esta disposición judicial”. En este mismo sentido, a la Secretaría de Derechos Humanos, le reiteran que las medidas dictadas están enmarcadas en la obligación de esta entidad de proteger “derechos constitucionales de las comunidades indígenas en estado de aislamiento y en contacto inicial en la zona amazónica”.
A la vez, manifiestan, en relación al control de terceros no indígenas en territorio waorani y de pueblos en aislamiento voluntario:
“Acaso no es una forma de protección para la supervivencia de estas comunidades que quienes promueven la presencia de personas posibles portadoras del mortal virus COVID 19 en estas zonas protegidas, ejerzan un control estricto de protocolos de bioseguridad y que sea esta Secretaria (sic) la encargada de velar porque esto se cumpla, a fin de dar la protección que refiere uno de los fines de su creación. (…) Esta Secretaría, una vez que fue alertada del contagio existente, debió actuar por propia decisión exigiendo al Ministerio de Ambiente y a todos los organismos públicos y privados involucrados en los hechos que representan la amenaza inminente a la vida, la salud, a la autodeterminación y a la existencia misma de estos pueblos, a respetar los espacios territoriales de los pueblos en aislamiento y a observar protocolos de bioseguridad debida y consensuadamente diseñados a fin de garantizar estos derechos en riesgo; pues, es su responsabilidad proteger a estos pueblos”.
Dentro de la notificación, los jueces de esta Sala insisten en el riesgo inminente a la supervivencia de esta población. En este sentido, le recuerdan, específicamente a la Procuraduría General del Estado, que:
“no es el derecho de las entidades involucradas en la amenaza a la vulneración de derechos, sino el derecho a la vida y a la existencia de los pueblos en aislamiento y en contacto inicial y lo que buscan las medidas cautelares, es garantizar estos derechos amenazados por decisiones y omisiones gubernamentales; por falta de control y coordinación; y, por el irrespeto a la autodeterminación de estos pueblos ancestrales que guardan una cultura protegida por normas y organismos supranacionales”.
Finalmente, en el argumento, dirigido al Ministerio de Salud, la Sala indica:
“La juzgadora no está ordenando sino acciones que corresponden hacer a esta cartera de estado con toda la población y más aun con esta población del Ecuador que por su misma condición de debilidad, es vulnerable tanto a los efectos cuando a la rapidez del contagio, cuyo efecto sería mayor porque un contagio masivo podría terminar con la población entera”
1 Un gran porcentaje de pruebas fueron aplicadas gracias a la autogestión de la Nacionalidad con el apoyo de Amazon Frontlines, Alianza Ceibo y la Universidad de las Américas.
2 Declaración 1/20 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: “COVID-19 Y DERECHOS HUMANOS: LOS PROBLEMAS Y DESAFÍOS DEBEN SER ABORDADOS CON PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS Y RESPETANDO LAS OBLIGACIONES INTERNACIONALES”.
3 Sala señala la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, que posibilita otorgar o no medidas cautelares una vez conocido el pedido, inclusive eximiendo el desarrollo de una audiencia.
Líderes de la iglesia católica de varios países emiten una declaración de apoyo para las comunidades indígenas que demandan al Estado y a las compañías petroleras en Ecuador

117 cardenales, arzobispos, obispos y otros oficiales eclesiásticos de 16 países presentan esta declaración a medida que se reanuda la audiencia.
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Alejandra Yépez-Jácome, alejayepezjacome@gmail.com, +593 99 271 3867
Julio Caldeira, comunicaciones@redamazonica.org, +593 98 1227445
Orellana, Ecuador, 13 Agosto 2020 — Al reanudarse la demanda presentada por las comunidades indígenas que buscan justicia por el derrame de petróleo que contaminó sus territorios el 7 de abril en el Ecuador, 117 líderes religiosos de Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil, Chile, México, Costa Rica, Nicaragua, Estados Unidos, España, Alemania, Italia, República Democrática del Congo, Kenya y Burkina Faso emitieron una declaración en apoyo a la solicitud de protección y reparación de los demandantes.
La carta, inspirada por el grito de los pueblos y animada por el espíritu del Sínodo sobre Amazonía y el Documento de la Querida Amazonía, coordinada por la Red Eclesial Panamazónica Ecuador (REPAM) y liderada por los dos obispos ecuatorianos que también son demandantes en la causa, fue firmada por un cardenal, dos arzobispos, 42 obispos y docenas de otros partidarios, incluyendo superiores, presidentes, directores, coordinadores y laicos de una amplia variedad de congregaciones religiosas, jurisdicciones eclesiásticas, conferencias episcopales, pastorales e instituciones religiosas. La declaración será presentada hoy, 13 de agosto, al juez a cargo de la audiencia como un informe de amicus curiae oficial.
Los oleoductos Transecuatoriano SOTE y de Crudos Pesados OCP se rompieron como resultado de la falta de previsión y negligencia en el tratamiento de la erosión regresiva en los ríos Coca y Napo. Las comunidades indígenas afectadas por el derrame de petróleo presentaron de inmediato una demanda de acción de protección y medidas cautelares, cuya pretensión es que se declaren violados sus derechos humanos: al agua, a la vida, a la alimentación, a vivir en un medio ambiente sano, al territorio; así como, los derechos de la naturaleza. Además, que el Estado cumpla con las medidas de reparación integral y no repetición a favor de las comunidades indígenas y la naturaleza afectadas.
Una vez iniciado el proceso judicial, este fue suspendido por 72 días por causas de salud del personal de la sala judicial, sin que el sistema judicial haya respondido de manera consecuente con la emergencia que atraviesan las comunidades. Mientras tanto, la erosión regresiva y los deslizamientos de tierra masivos amenazan con un segundo derrame de petróleo, que afectaría nuevamente a miles de pueblos indígenas y contaminaría los ríos que fluyen hacia el Perú y el Brasil, para desembocar en el gran Amazonas.
Las comunidades indígenas buscan que estos hechos no queden en la impunidad y que se declare la responsabilidad de las empresas petroleras y del Estado. Es así que, ante la falta de respuesta, el 4 de agosto las comunidades indígenas decidieron presentar diversas medidas cautelares, e insistir frente a un sistema judicial que no ha dado respuestas oportunas. Esta vez, esperan ser escuchados; que el riesgo inminente de la erosión regresiva del río pueda ser atendido de forma inmediata; y que se tomen medidas respecto a la actividad petrolera en la zona.
Respaldando a los pueblos indígenas, el texto de la Declaración de Apoyo para las Comunidades Indígenas Afectadas por el Derrame de Petróleo del 7 de Abril en la Amazonía Ecuatoriana dice lo siguiente:
“Sueño con una Amazonía que luche por los derechos de los más pobres,
de los pueblos originarios, de los últimos, donde su voz sea escuchada
y su dignidad sea promovida.” (QA – 07)
Como personas de fe, llamamos la atención sobre una de las cuestiones morales más urgentes que enfrentamos actualmente en la región amazónica de América Latina, ejemplo de la historia vivida y sufrida por los Pueblos amazónicos y nuestra madre tierra durante décadas.
El pasado 7 de abril se produjo un grave derrame de petróleo, que contaminó dos de los principales ríos amazónicos del Ecuador, afectando los ecosistemas amazónicos, a 105 comunidades que vivían en las riberas y a aproximadamente 120.000 personas; llegando incluso al vecino país de Perú. Este es trágicamente uno de los últimos ejemplos en la Amazonía de una larga historia de crisis ecológicas y de salud humana como resultado de la extracción y explotación desenfrenadas de los recursos naturales.
Hoy nos hemos comprometido a hacer realidad las palabras del Documento Final del Sínodo especial para la Amazonia: “Defender y promover los derechos humanos como una tarea no solo social, sino como una exigencia de fe; Denunciar la violación de los derechos humanos y la destrucción extractiva” (DF -70); “La Iglesia debe atender de forma primordial a las comunidades afectadas por daños socio-ambientales” (DF -75); e “Incentivar a los Estados a que cumplan con sus obligaciones constitucionales sobre estos asuntos, incluyendo el derecho de acceso al agua” (DF – 78).
Por este motivo firmamos esta declaración y solicitamos que se haga justicia en el caso presentado contra el Estado y las empresas petroleras. Pedimos la implementación de medidas completas y urgentes para la reparación integral de las comunidades y ecosistemas vitales afectados por el derrame de petróleo.
Y finalmente reclamamos medidas para asegurar que graves hechos como este no vuelvan a ocurrir en Ecuador o en cualquier otro país de la Amazonía inspirados en el mensaje de Jesús: “El Evangelio propone la caridad divina que brota del Corazón de Cristo y genera una búsqueda de justicia que es inseparablemente un canto de fraternidad y solidaridad, un estímulo para la cultura del encuentro” (QA – 22).
LINK A LA DECLARACIÓN Y LISTA COMPLETA DE FIRMANTES
Sobre REPAM
La REPAM Ecuador es la articulación eclesial que consolida la iniciativa del trabajo en red en la región Amazónica y constituye la presencia misionera de los 6 Vicariatos Apostólicos, Conferencia de Religiosos/as del Ecuador, Misioneras Lauritas, Pastoral Indígena y Servidores de la Iglesia Católica de las Nacionalidades Indígenas del Ecuador – SICNIE, Pastoral Social Cáritas Ecuador y Secretaría de REPAM. Con el fin de unir esfuerzos en el anuncio del Evangelio y la denuncia de las situaciones que ocasionan muerte y amenazan a las poblaciones de la Amazonía del Ecuador.
Incumplimiento al debido proceso e igualdad de armas, tras reinstalación de audiencia de acción de protección que fue suspendida por más de 70 días

La mañana de este 12 de agosto de 2020, tras 72 días de suspensión, el juez Jaime Oña Mayorga reinstaló la audiencia de acción de protección y medidas cautelares planteada por víctimas del derrame del 7 de abril.
El juez pretendió asumir el rol de víctima y se ensañó contra los demandantes quienes durante los últimos 72 días han denunciado la falta de tutela judicial efectiva y los impactos que genera sobre sus vidas las vulneraciones a los derechos causadas por el derrame de crudo. Con su
actitud amenazante, el juez Oña parece olvidar que su función no es personal, que la ejerce en nombre del Estado ecuatoriano y que la justicia que tarda, no es justicia y que en un contexto de emergencia sanitaria por COVID-19, al menos 27 mil personas sufren los impactos de un derrame que era previsible y evitable, que están esperando una justicia que nunca llega.
Al iniciar la audiencia, se refirió a las organizaciones accionantes como sus “detractores” e impulsores de una campaña en redes sociales que tendría por objetivo pisotear su buen nombre y el de su familia. Incluso advirtió que, en su momento, hará valer sus derechos en las instancias respectivas. Al respecto, debemos aclarar que jamás se ha imputado la integridad del Juez o su proceder ante la ley; nuestros pronunciamientos se enmarcan en la denuncia de la falta de garantías constitucionales, como el debido proceso, y la ausencia de protocolos para garantizar el cumpliemiento de las competencias del Consejo de la Judicatura en caso de enfermedad del Juez y su equipo técnico.
Más allá de esos exabruptos, el Juez demostró falta de motivación en decisiones que restringen derechos procesales a las víctimas, parcialidad, trato desigual a las partes e incluso, adelanto de criterios. Además, el Juez rechazó nuestro pedido de presentar pruebas de lo sucedido durante la larga suspensión de la audiencia. Sin explicar razones, dijo que no aceptaría “nueva prueba” dejando a las víctimas sin la posibilidad de ejercer su defensa debidamente.
Sorprendentemente, a las instituciones gubernamentales y empresas demandadas se les aceptó la inclusión de nuevas pruebas bajo el argumento de “actualización de las pruebas”, lo cual evidencia la prevalencia del criterio de los demandados ante el de las víctimas. Incluso, permitió afirmaciones, demostrando parcialidad, de que a los entes privados no les corresponde presentar la carga de la prueba en casos que implican serias violaciones a derechos y afectaciones al medio ambiente y a la naturaleza.
No obstante, le recordamos al Juez que según la Constitución la carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado , 1 independientemente de la identidad del demandado. De esta forma, el Juez no solamente demostró falta de imparcialidad, sino, también, desconocimiento de normas constitucionales y legales expresas.
Finalmente, alertamos que el Juez suspendió la audiencia a las 14:45 y la reinstalará hoy a las 14:00, pese que siendo las 9:45 de la mañana del 13 de agosto de 2020, hora de cierre de este comunicado, las abogadas de las víctimas aún no hemos recibido todas esas pruebas. Si en efecto, la audiencia se reanuda a la hora anunciada por el juez Oña Mayorga, no tendríamos las mismas 24 horas que sí tuvieron los demandados para revisar nuestra prueba.
Todo lo anterior nos permite denunciar públicamente la falta de imparcialidad del Juez dentro de la diligencia, lo que ha evidenciado una inclinación a favor de los responsables de un derrame de petróleo y combustibles, que a la fecha, sigue causando estragos en la salud y el acceso al agua y alimento de por lo menos 27 mil personas. Eso, sin contar los efectos ocasionados a largo plazo en la vida, la salud y en la soberanía alimentaria de la población afectada.
En este caso, es evidente que no hay justicia. Por lo lenta y por la sesgada actuación de quien está obligado a ser imparcial y dar trato igual a todas las partes.
Contacto de prensa:
Yuli Gaona, Comunicación Alianza por los Derechos Humanos – 0980916690
1 Art. 397 de la Constitución: “ (…) La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado (…)” Art. 16 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional “(…) Se presumirán ciertos los hechos de la demanda cuando la entidad pública accionada no demuestre lo contrario o no suministre la información solicitada, siempre que de otros elementos de convicción no resulte una conclusión contraria. En los casos en que la persona accionada sea un particular, se presumirán ciertos los hecho”