Exhortamos al Estado ecuatoriano a respetar y garantizar el derecho a la protesta pacífica de las víctimas del derrame de crudo en la Amazonía ecuatoriana

Esta mañana, la Federación de Comunas Unión de Nativos de la Amazonía Ecuatoriana (FCUNAE), afectada por el derrame de crudo, ocurrido el 7 de abril de 2020, realiza en la ciudad de El Coca una movilización pacífica, con el distanciamiento y las medidas de bioseguridad necesarias pertinentes durante esta emergencia sanitaria.

En medio de los riesgos latentes por esta pandemia global, las comunidades kichwa de la Amazonía afectadas por el derrame de crudo han decidido movilizarse, tras más de 90 días sin respuestas efectivas, sostenidas por parte de las autoridades estatales y las empresas públicas y privadas responsables del mayor desastre socio-ambiental en los últimos 15 años. Esta movilización también busca visibilizar la falta de acceso a la justicia, ya que hace más de un mes se suspendió la audiencia de la acción de protección y medidas cautelares, a través de las cuales se buscan la reparación integral a sus derechos.

Ante esto, rechazamos la actuación de las entidades estatales, incluido el poder judicial, y las empresas Petroecuador Ep y OCP, que en todo este tiempo no han tenido la voluntad política de cumplir con sus responsabilidades con las comunidades ribereñas de los ríos Coca y Napo, que representan a 27.000 indígenas víctimas no sólo de la contaminación, sino también de la inoperancia estatal y de la impunidad de un sistema judicial que no garantiza la tutela efectiva.

Desde las organizaciones que conformamos la Alianza por los Derechos Humanos expresamos nuestro respaldo a las comunidades que enfrentan tanto las afecciones de salud producto de la contaminación, del fuerte brote de dengue y del covid-19, como la falta de alimentos y agua segura y le recordamos al Estado que está obligado a respetar y garantizar el derecho a la protesta pacífica, aun en tiempos de pandemia.

En este sentido, reiteramos lo dicho por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el pasado 14 de abril de 2020, donde le recomendó al Estado ecuatoriano:

Respetar y garantizar el goce pleno de los derechos a la protesta, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación política de la población. En esa misma medida, asegurar que los operativos de seguridad con respecto a protestas y manifestaciones se ejecuten según protocolos de actuación que sean congruentes con los estándares internacionales relativos al uso de la fuerza por los agentes encargados de hacer cumplir la ley”.

Así mismo, la Corte Constitucional en su dictamen del mes de octubre No. 5-19-EE/19 estableció que “(iv) la Policía Nacional y complementariamente las Fuerzas Armadas en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales deben respetar, el derecho de los ciudadanos a manifestarse, siempre que lo hagan de forma pacífica, sin alterar el orden público”, y que el dictamen No. 1-20-EE/20 no excluye expresamente el derecho de protesta pacífica.

Adicionalmente, le recordamos al Estado, a la Policía Nacional y a los agentes municipales que “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional” (Declaración de la ONU sobre Defensores y Defensoras, artículo 1).

Como Alianza de organizaciones de derechos humanos estaremos vigilantes a que se garantice estos derechos, garantizados en la Constitución de la República, a fin de impedir que se produzcan abusos y violaciones de los derechos humanos de estas personas.

Contacto de Prensa: Yuli Gaona, Comunicación Alianza por los Derechos Humanos – 0980916690


Desatención del Estado colombiano y COVID-19 incrementan riesgo de exterminio del Pueblo Siona

Washington, D.C., Quito y Bogotá, D.C., 9 de julio, 2020.– El incumplimiento por parte del Estado colombiano en la adopción desde una perspectiva étnico diferencial de las medidas cautelares dispuestas desde hace 2 años por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a favor del Pueblo Siona de los Resguardos Gonzaya (Buenavista) y PoPiyuya (Santa Cruz de Piñuña Blanco), sumado a la crisis mundial sanitaria provocada por el coronavirus (COVID-19), han agudizado el riesgo de su exterminio físico y cultural.

Esta fue la denuncia presentada en una reunión de trabajo el día de hoy ante la CIDH por parte de las autoridades tradicionales y políticas de la comunidad, en conjunto con sus representantes, Amazon Frontlines, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) y la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), quienes exigieron que el Estado colombiano cese de utilizar la pandemia para validar su inacción y falta de avance en el cumplimiento de las medidas de protección dispuestas por la CIDH para prevenir las injerencias y acciones violentas de grupos armados en el territorio Siona.

“La pandemia ha sido la excusa perfecta para la inacción del Estado. No hay ningún avance en el cumplimiento de las medidas cautelares. Esperamos que la CIDH, en cuanto se pueda, realice una visita de verificación al territorio y la emisión de una resolución de seguimiento de las medidas cautelares”, dijo Mario Erazo Yaiguaje, Dirigente del Territorio Siona del Resguardo Buenavista.

Mientras la mayoría de la población respetaba el aislamiento preventivo obligatorio ordenado por el Gobierno Nacional en respuesta a la pandemia, la falta de presencia del Estado en el territorio Siona profundizó la situación de vulnerabilidad de la comunidad, llevando a un aumento de la presencia y fortalecimiento de distintos actores armados ilegales, quienes pretenden ejercer control territorial y social de las comunidades Siona. Además, se ha intensificado el riesgo de reclutamiento de niños, niñas y adolescentes en los Resguardos, así como las amenazas contra la población y sus dirigentes, ocasionando incluso el desplazamiento forzado de una familia Siona y la amenaza contra otros grupos familiares .

El retraso en la respuesta eficaz de las instituciones gubernamentales quedó en evidencia el pasado 17 de junio, cuando se presentó una violación a una niña siona en el Resguardo Buenavista, y a pesar de que se logró la captura en flagrancia del agresor no indígena por parte de la Guardia Indígena, el Estado tardó más de 3 días en recibir al detenido para su 1

judicialización, sometiendonos a un escenario de afectaciones sicológicas comunitarias, presiones por parte de los actores armados ilegales, riesgos de impunidad en este caso concreto, falta de garantías para la niña víctima de violencia sexual agravados por el contexto de la pandemia por el COVID-19, que hace aún más ineficiente a los operadores de justicia convirtiéndonos de nuevo en víctimas del sistema judicial.

Por otra parte, la única medida de respuesta estatal frente al Covid-19 fue la entrega de una ayuda alimentaria limitada, la cual ha sido insuficiente toda vez que no hay contención de los riesgos ni una respuesta idónea con información culturalmente apropiada, en idiomas propios o distribuidos por canales eficientes y accesibles. Tal y como fue denunciado públicamente, los actores armados ilegales que pretenden ejercer control territorial en el Departamento del Putumayo han amenazado de muerte a quienes presenten síntomas de contagio durante la pandemia. Además, no ha habido entrega de implementos de bioseguridad a la Comunidad, y particularmente a la Guardia Indígena.

“El último intento para una reunión de concertación se realizó el pasado 17 de diciembre de 2019 en la ciudad de Puerto Asís. Luego de aquello en el mes de febrero la Cancillería y Min Interior pretendió realizar reuniones bilaterales entre beneficiarios y entidades en Bogotá, excluyendo a los peticionarios y desconociendo los mecanismos de gobernanza y participación propios de los beneficiarios. La respuesta estatal es desarticulada, tardía, desconoce criterios étnicos y está condicionada a una oferta institucional genérica y que no toma en cuenta la situación de riesgo y gravedad. El Estado debe reconocer que se ha incrementado el riesgo al Pueblo Siona. Su desaparición del territorio está poniéndoles al borde de la extinción. Nuevamente, recalcamos la urgencia de que se cumplan las medidas cautelares”, dijo Lina María Espinosa, abogada de Amazon Frontlines.

Al concluir la reunión, se solicitó a la CIDH emitir una resolución de cumplimento de las Medidas Cautelares otorgadas de conformidad con resolución 02-2020 y que incluya visita in situ cuando se den garantías por contexto covid. Al Estado colombiano que cumpla inmediatamente y de forma concertada y con enfoque etnico diferencial las medidas cautelares otorgadas, de manera particular se deben concertar e implementar con urgencia medidas que lleven a un cese del reclutamiento forzado de jóvenes Siona, desplazamiento forzado y amenaza contra integridad de dirigentes y autoridades comunitarias. Ante el Covid-19, el Estado colombiano deberá implementar medidas de bioseguridad y asistencia humanitaria para garantizar la integridad, seguridad y pervivencia del pueblo Siona, especialmente la entrega de material y equipos a la Guardia Indígena.

Alex McAnarney Directora de Comunicación, CEJIL amcanarney@cejil.org +1 305 335 5665

Sophie Pinchetti Comunicadora de Amazon Frontlines, sophie@amazonfrontlines.org +593 98 148 4873


Jueza ratifica medidas cautelares otorgadas a la Nacionalidad Waorani pese a pedido de revocatoria, solicitado por el Estado ecuatoriano

08 de julio de 2020, Puyo, Ecuador.- El 17 de junio, la jueza Delicia de los Ángeles Garcés, de la Unidad de Familia con sede en Quito, dictó medidas cautelares a favor de la Nacionalidad Waorani, en las que se dispusieron términos y acciones concretas para los Gobernadores de Napo, Pastaza y Orellana; los Ministerios de Salud Pública (MSP), de Ambiente y Agua (MAE) y de Inclusión Económica y Social (MIES); la Secretaría de Derechos Humanos; y la Defensoría del Pueblo.1 Estas medidas fueron interpuestas debido a que la propagación del covid-19 pone en riesgo varios derechos, entre ellos, la vida de nuestro pueblo como la de nuestros hermanos los Pueblos en Aislamiento Voluntario.

En este mismo sentido, el 29 de junio, la magistrada amplió su sentencia, recogiendo varios de nuestros criterios. Así, dispuso que las medidas cautelares cubran a todas las comunidades waorani en tres provincias (Napo, Pastaza y Orellana); que la coordinación debe realizarse con nuestras autoridades de la NAWE, AMWE y CONCONAWEP; y que el MSP debe financiar el traslado de pacientes o del personal médico hacia las comunidades para atención de quienes no puedan salir del territorio. También, que la dotación de kits humanitarios se debe realizar cada quince días, “hasta la superación definitiva de la pandemia”.

Preocupan los continuos e insistentes pedidos de revocatoria de las medidas cautelares desde la Procuraduría, de la Secretaría de Derechos humanos, la Gobernación de Pastaza, el MAE y MSP e inclusive desde la propia Presidencia de la República. Frente a estas insistencias, resueltas por la jueza tanto el 29 de junio como el 06 de julio, quedan muchas dudas de la voluntad política que tienen las dependencias estatales mencionadas de garantizar los derechos de nuestra nacionalidad, de acuerdo con los estándares de derechos humanos pertinentes y en cumplimiento de las medidas cautelares.

Recalcamos que este tiempo ha sido complejo para nuestra nacionalidad y, específicamente, para las familias de nuestros dirigentes, pues han debido enfrentar el covid-19 en sus propios cuerpos y han podido curarse no por la atención del Estado, sino por nuestra medicina tradicional que nunca ha perdido valor y vigencia.

Nos enfrentamos a un Estado Plurinacional contradictoriamente racista, que sigue negando los riesgos a los que estamos expuestos.

Si nosotros no hubiéramos iniciado nosotros mismos con la cooperación de manos aliadas, el Estado no hubiera intervenido. Después de varias denuncias, después de varias presiones y, aún así, no tenían elementos para ir al territorio y comprobar los contagios”. – Gilberto Nenquimo, presidente de la Nacionalidad Waorani del Ecuador

En este tiempo han ocurrido hechos que preocupan y aumentan el riesgo, sobre todo porque develan un Estado indolente y poco dispuesto a cumplir con mínimos parámetros interculturales. El Estado ecuatoriano, a pesar de ser Plurinacional, sigue siendo un Estado racista, donde la mirada sobre lo indígena sólo le es útil cuando quiere mostrar un rostro supuestamente inclusivo, pero bastan minutos para demostrar que esa imagen se diluye en actos excluyentes, como estos:

  • A finales de junio, el MIES nos propone un kit de alimentos distantes de nuestra dieta y poco saludables, que, entre otras cosas, incluye salsa de tomate, mayonesa y leche. Asimismo, los alimentos que debían ser entregados todavía no han llegado a las familias waorani.

  • En la última notificación del 6 de julio, la Presidencia, en un entendimiento simple y pobre sobre las medidas, señala que estas ponen en riesgo tanto el no contacto de los Pueblos Aislados como el reciente contacto de nuestro pueblo, pese a que fueron demandas por nosotros mismos.

  • La Gobernadora de Pastaza señala que la entrega sostenida de alimentos cada 15 días durante toda la pandemia no es aceptable, debido a que: “si esta pandemia no termina no tiene un fin determinado (…) porque rompe la igualdad constitucional creando privilegios a parcialidades muy disminuidas en número”. No somos una “parcialidad muy disminuida”, somos un pueblo de 5000 personas que se encuentra en desventaja histórica, pues nuestro contacto no tiene más de 60 años.

  • El MSP, por su lado, señala que las acciones tomadas previas a las medidas cautelares son suficientes para garantizar nuestros derechos. Reiteramos que nuestras comunidades subsisten en medio de un sistema de salud desabastecido, lo que ha sido reconocido por el propio Ministerio de Salud, y las acciones de esta entidad son insuficientes, escasamente articuladas y no consideran nuestras particulares culturales e identitarias.

Han pasado 15 días y aún no hemos recibido informes sobre las acciones desarrolladas, tampoco tenemos claridad de cuántos compañeros han sido diagnosticados, siendo esto parte del resolución judicial. Frente a autoridades de mayor rango, se establecen acuerdos, pero cuando están frente a nuestra población evidencian que sus compromisos distan de la verdad. Nos dijeron que había pruebas para testear a cada uno de nosotros, mas cuando llegan a una comunidad indican que en nuestro territorio se aplicará únicamente a un miembro por familia. ¿Cuál es la garantía de que la persona a quien se aplica la prueba es realmente quien necesita la atención y el diagnóstico?

  • Si bien estas medidas son significativas, una de sus partes fundamentales recae sobre la decisión de la jueza de negar la moratoria de la actividad extractiva, señalando que son actividades estratégicas, y desconociendo el grave impacto que generan sobre nuestras vidas y la de los Pueblos en Aislamiento. A la par, alertamos que ese mismo argumento se utiliza para seguir avanzando en la construcción de la carretera en la Zona Intangible, la misma que nos pone en riesgo y de la cual habíamos advertido dentro de nuestra demanda. Reiteramos que esta vía (no sendero ecológico) se construye afianzando que al Estado no le importa la vida de los Pueblos y las Nacionalidades,2 incluso estando a un paso de un etnocidio.

Hacemos hincapié en que, si bien estamos a dispuestos a concertar la atención con las autoridades del Ejecutivo, no nos sentimos protegidos. El Estado deberá cumplir la disposición judicial, pese a que, todos los demandados han pedido revocar las medidas cautelares. Con análisis poco sustentados, las instituciones que deberían hacer prevalecer nuestros derechos como pueblo en contacto inicial y el de nuestros hermanos los pueblos aislados, desconocen el riesgo en el que nos encontramos y desconocen sus responsabilidades.

Posición judírica

Desde el inicio del proceso legal, se ha venido insistiendo en que el riesgo recae sobre el derecho a la vida, este se convierte en un bien jurídico protegido, cuya vulneración recaería en una conducta penalmente punible. En el Código Orgánico Integral Penal, se tipifican y sancionan estos ilícitos que se conocen como crímenes en contra de la humanidad y para el caso de la Nacionalidad Waorani se ha advertido que podría configurarse un genocidio o un etnocidio. Se señala, además, que con un manejo adecuado de la pandemia y el cumplimento de los deberes del gobierno de proteger y servir a sus ciudadanos estos hechos posibles pueden ser evitados.

Sin embargo, la realidad que vive la nacionalidad es la de un gobierno que omite sus deberes y responsabilidades con sus incidentes mal intencionados, sus oposiciones infundadas y, sobre todo, la falta de cumplimiento de todas las medidas indispensables y urgentes, necesarias para garantizar la superviviencia de la nacionalidad Waorani, los Pueblos en Aislamiento Voluntario, y la vida de sus miembros.

CONTACTOS

Voceros:

  • Gilberto Nenquimo, Presidente de NAWE – +593 997 136 419
  • Nemonte Nenquimo, Presidenta de CONCONAWEP – +593 979 709 411
  • Oswaldo Nenquimo, Vocero Resistencia Waorani – +593 967 454 032
  • María Espinosa, Defensora DDHH, Abogada de Amazon Frontlines & Asesora de la Nacionalidad – +593 986 338 495 (sólo whatsapp)

Para obtener más información, entrevistas o solicitudes de fotos/videos, comuníquese con:

  • Alejandra Jacome, Comunicadora – +593 99 271 3867
  • Sophie Pinchetti, Comunicadora – +593 98 148 4873

2 MAAP #117: NUEVA CARRETERA PETROLERA HACIA LA ZONA INTANGIBLE (YASUNÍ, ECUADOR) https://maaproject.org/2020/itt/


"La Petrolera avanza, la mancha nos alcanza": Llamado de atención por falta de respuesta a situación de vulnerabilidad de 105 comunidades indígenas afectadas por derrame de crudo

Por la falta de respuesta del sistema de justicia, entidades estatales y empresas petroleras frente a la grave situación de las comunidades afectadas por el derrame de crudo del pasado 7 de abril, integrantes del grupo Rebelión o Extinción Ecuador, en respaldo a la lucha de las organizaciones indígenas, ambientalistas y de derechos humanos que buscan la reparación integral de los derechos de los afectados por la contaminación y la negligencia empresarial y estatal, realizó la mañana de hoy, 28 de junio de 2020, una acción simbólica y pacífica frente a la sede principal de la empresa estatal Petroecuador, en la avenida 6 de Diciembre y Alpallana, al norte de Quito.

En esta acción, se representó los hechos ocurridos después de la rotura de los tres oleoductos en el sector de San Rafael, a través del performance “La Petrolera avanza, la mancha nos alcanza”, donde un grupo de personas vestidas con terno que portaban maletines llenos de dinero, vaciaban un barril de ‘petróleo’, -sustituido con un líquido biodegradable, elaborado con agua, carbón y maicena-, sobre la calzada y figuras representativas de las comunidades afectadas.

Varias personas sostenían fotografías y carteles con los hashtags de la campaña realizada por las organizaciones que exigen justicia y reparación. Para simbolizar el derramamiento de crudo que mancha la vida de los afectados, se esparcieron 12 litros del líquido biodegradable, que representan menos del 0,001% del derramamiento de crudo y gasolina en las aguas de los ríos Coca y Napo.

Performance “La Petrolera avanza, la mancha nos alcanza”, desarrollado en los exteriores de
Petroecuador, Quito. Fotos: Iván Castaneira.

denunciar que las empresas petroleras OCP Ecuador, PETROECUADOR y el gobierno no se han responsabilizado de los daños. Rechazamos su impasibilidad y exigimos que se tomen medidas urgentes, como las medidas cautelares, y se apliquen medidas preventivas honestas, eficientes y de larga duración.

Como defensores de los derechos humanos y de la naturaleza, nos sentimos obligadosa visibilizar esta situación nefasta y de absoluta vulnerabilidad para miles de personas,que históricamente forman parte de sectores olvidados.

CONTEXTO:

Debido a la vulneración de derechos, resultado de la contaminación ocasionada por el derrame de crudo a los ríos Coca y Napo, al medio ambiente, a la naturaleza y a los territorios indígenas, varias personas afectadas, la Federación de Comunas Unión de Nativos de la Amazonía Ecuatoriana (FCUNAE), la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (CONFENIAE), los Obispos de los Vicariatos de Orellana y Sucumbíos, con el apoyo de la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, presentaron, el pasado 29 de abril de 2020, una acción de protección y medidas cautelares a favor de las y los afectados.

Dentro de este proceso, se solicitó la presencia de tres ministros: René Ortiz, Ministro de Energía y Recursos Naturales no Renovables; Paulo Arturo Proaño Andrade, Ministro de Ambiente (e); Juan Carlos Cevallos, Ministro de Salud Pública; así como, la comparecencia de Íñigo Salvador Crespo, Procurador General del Estado; y del representante legal de la Compañía de Crudos Pesados Ecuador S.A (OCP) y Gerente General de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador-EP PETROECUADOR, a fin de que den a conocer las acciones realizadas en el marco de sus obligaciones y competencias respecto a los hechos sucedidos el pasado 7 de abril.

Sin embargo, la audiencia oral y pública se instaló el 26 de mayo y permanece suspendida desde el 1 de junio, debido a problemas en la salud del juez de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Francisco de Orellana, Jaime Oña. Más de ochenta días han pasado desde que se produjo el derrame de al menos 15.800 barriles de crudo y combustibles, y la situación de las 105 comunidades impactadas no
solo es alarmante, sino crítica, especialmente en la salud de niñas y niños. El 70% de estas comunidades afectadas presenta manchas, sarpullido o laceraciones en el cuerpo, que aparecieron semanas después de la contaminación de las aguas de los ríos. Se trata de al menos 2.000 familias, entre campesinas e indígenas perjudicadas y 120 mil personas que ahora también se ven afectadas por la crisis sanitaria que enfrenta la Amazonía ecuatoriana donde se han confirmado casos de COVID-19 y un brote epidemiológico de dengue.

Contactos de prensa:
Shady Heredia, Rebelión o Extinción Ecuador – 099 639 0305
Yuli Gaona, Comunicación Alianza por los Derechos Humanos – 098 091 6690


Gobierno ecuatoriano emitirá un reglamento de consulta previa en actividades mineras que vulnera los derechos de pueblos y nacionalidades

La Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos y la red Caminantes expresan su preocupación por las declaraciones del Viceministro de Minas, Fernando Benalcázar, sobre un nuevo Reglamento de Consulta Previa, Libre e Informada para las actividades mineras en Ecuador.

El 12 de mayo, Fernando Benalcázar, Viceministro de Minas, afirmó en una entrevista para un medio digital, que “el reglamento para la consulta previa, libre e informada de las comunidades en el caso de las actividades mineras” está casi listo y solamente se espera que la Presidencia de la República emita el instrumento, vía decreto ejecutivo.

No sería la primera vez que el Estado ecuatoriano viola las garantías jurídicas de los derechos de los pueblos indígenas y, en particular, el derecho a la consulta y su corolario: el consentimiento previo, libre e informado. En la tradición legal y constitucional ecuatoriana, el ejercicio de derechos fundamentales sólo se lo puede normar por ley orgánica (ni siquiera por ley ordinaria), a través de un procedimiento parlamentario especial. Esa competencia exclusiva de la Asamblea Nacional es una garantía procedimental mínima para proteger los derechos fundamentales.

La reglamentación de la Consulta Previa por parte del Ejecutivo es, en este caso, una vía cerrada, opaca, unilateral y una medida arbitraria, a través de la cual los gobiernos han evadido el mandato constitucional y violado los derechos de los pueblos. Es el caso de el Decreto Ejecutivo 3401 de 2002 de Gustavo Noboa, que reglamentó la consulta de actividades hidrocarburíferas; el Decreto 1040 de 2008 sobre participación social, donde se incluía ambiguamente la consulta previa; y el Decreto 1247 de 2012, el cual reglamentó la consulta previa sin contar con el consentimiento de los pueblos y nacionalidades, que tenía la directriz de habilitar administrativamente la licitación de los bloques petroleros de la Ronda Suroriente o Ronda Petrolera Décimo Primera.

Pese a que existe un historial de malas prácticas sobre los instrumentos que regulan la consulta previa en Ecuador, advertimos y denunciamos ante los órganos de derechos humanos supranacionales que, si el proceso de elaboración y entrada en vigencia de este nuevo reglamento NO cuenta con el consentimiento de las organizaciones indígenas representativas del país, el Estado ecuatoriano incumpliría nuevamente con el mandato constitucional, violando el principio de reserva legal al no acatar las disposiciones establecidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Además, esta vía inconstitucional de regular derechos fundamentales responde a los apuros de los gobiernos, por licenciar actividades mineras en territorios indígenas donde los pueblos sistemáticamente las rechazan. La discusión de las normas sobre consulta previa en un ámbito plural como la Asamblea Nacional -que además tendría que someterlas a consulta prelegislativa a los pueblos indígenas, por disposición constitucional– implica un proceso más largo y participativo de lo que los gobiernos están dispuestos a admitir en su empecinamiento por decidir rápida y unilateralmente sobre los llamados “sectores estratégicos”. Además, en el malentendido de que “si no se trata de ley emitida por la Asamblea no cabe la consulta pre-legislativa”, estos reglamentos son atajos que los gobiernos diseñan en cotos restringidos, abiertos solamente para las cámaras empresariales interesadas y, si acaso, para organizaciones creadas o escogidas por afinidad.

Más allá de la forma, inconstitucional a todas luces, los objetivos del tal reglamento son preocupantes, porque revelan que el reglamento es contrario a la amplia y plural participación que la Constitución requiere. Según Benalcázar, el nuevo reglamento busca que no haya “abusos ni vivezas” y que tiene la finalidad de evitar que personas opuestas al desarrollo de las actividades mineras en el país y que, a su criterio, no pertenecen a las comunidades, puedan oponerse a estos procesos. Hizo claras referencias al proyecto minero de Río Blanco (suspendido por orden judicial precisamente por falta de consulta previa) y, particularmente, a la postura antiminera del actual Prefecto del Azuay, Yaku Peréz.

La versión de “participación” que el gobierno prevé es restringida y expresamente excluye a quienes no comparten los planes extractivistas mineros del gobierno. Eso no es participación, eso es reducir los derechos fundamentales a meros procedimientos administrativos. La forma, entonces, sí incide en el fondo -como la historia de los reglamentos inconstitucionales de consulta previa.

Frente a todas estas irregularidades hechas públicas desde una alta autoridad gubernamental, exhortamos al gobierno del Ecuador a leer la Constitución vigente:

  • Art. 57.7: Se reconocerá y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas…los siguientes derechos colectivos: la consulta previa, libre e informada;

  • Art 132.1: Se requerirá ley para regular el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales;

  • Art. 133: Serán leyes orgánicas las que regulen la organización y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución.

Asimismo, le recordamos al Viceministro Benalcázar y a los demás funcionarios, incluido el Presidente de la República, que las leyes sancionan el acto de arrogarse funciones que no tienen.

Finalmente, denunciamos ante la Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el Relator de Pueblos Indígenas del Sistema de Naciones Unidas y la opinión pública que, en materia minera, el gobierno ecuatoriano responde a intereses empresariales y de inversionistas foráneos y no a los intereses de sus mandatarios, la ciudadanía ecuatoriana incluidos los pueblos y nacionalidades y sus derechos reconocidos.

También suscriben:

CONAIE – CONFENIAE – ESPACIO DE ARTICULACIÓN NACIONAL ANTI-MINERA DEL ECUADOR CAMINANTES – LAND IS LIFE – GRUPO KANAKA – CATAPA (BÉLGICA) – COMITÉ DE GESTIÓN DEL SECTOR NOROCCIDENTAL DEL CANTÓN LOJA ARTICULACIÓN DE MUJERES DEFENSORAS DE LA NATURALEZA SARAMANTA WARMIKUNA – GUARDIANES DE LA ESTRELLA HÍDRICA FIERROHURCO DEFENSORES DEL AGUA Y LA VIDA (LOJA) – COMITÉ DE DEFENSA DEL AGUA Y EL PÁRAMO – CONSEJO DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO – ACAI – COMITÉ DE DEFENSA DEL AGUA Y LOS PÁRAMOS DE GUALEL – COLECTIVO DEFENSORES DEL AGUA Y LA VIDA (LOJA) – DECOIN – KUSKA ESTUDIO JURÍDICO – CABILDO POR EL AGUA DE CUENCA


Despido de Guardaparques y otros funcionarios de protección ambiental por parte del Ministerio de Ambiente y del Agua pondría en riesgo el cuidado de las áreas naturales

La Federación Internacional de Guardaparques, el 20 de junio de 2020, emitió un pronunciamiento sobre la separación de funciones de, aproximadamente, 500 funcionarios públicos, entre ellos 200 Guardaparques y 300 funcionarios técnicos y profesionales trabajadores de las áreas Naturales Protegidas del Ecuador. La mayoría de los trabajadores desvinculados contaban con nombramiento.

Además de significar un fuerte impacto para la vida cotidiana de los funcionarios, al despojarles arbitrariamente de su fuente de ingresos, esto también generaría consecuencias para el cuidado y mantenimiento de las áreas naturales de nuestro país y que están al cuidado de los Guardaparques. Inobservando, así, el derecho de la naturaleza al mantenimiento y cuidado integral, según el artículo 71 de la Constitución de la República del Ecuador.

Ecuador es uno de los 17 países con la mayor biodiversidad del mundo, conocidos como “megadiversos”. Con solo el 0.06% de la superficie del planeta, tiene el mayor número de especies por unidad de área. Gran parte de la biodiversidad se encuentra dentro de las 59 áreas protegidas, las cuales cubren el 20% del territorio ecuatoriano.

En los territorios donde laboran los Guardaparques, ellas y ellos ejercen su trabajo mediante su programa de control y vigilancia, que busca evitar el cometimiento de delitos ambientales tales como: caza furtiva, introducción de especies exóticas, tala de árboles, incendios forestales, minería ilegal entre otros. Además, los Guardaparques se encargan de los siguientes programas con el fin de salvaguardar los ecosistemas:

  1. Control y Vigilancia.– Mediante este programa, los Guardaparques realizan patrullajes permanentes dentro de las Áreas Protegidas, para evitar el cometimiento de delitos ambientales.

  2. Manejo de Biodiversidad.– Programa considerado la piedra angular sobre la cual se sostiene la conservación y el desarrollo de los ecosistemas existentes en las Áreas Protegidas; consiste en realizar actividades de registro y monitoreo de especies, técnicas de investigación científica para determinar categorizaciones con estándares nacionales e internacionales por ejemplo (RAMSAR, AICON, RESERVAS DE BIOSFERA, RESERVAS FAUNISTICAS, RESERVAS GEOBOTANICAS, PARQUES NACIONALES, ÁREAS DE RECREACIÓN ENTRE OTRAS).

  3. Capacitación Educación y Participación Ambiental.– Este programa consiste en vincular a las comunidades dentro y fuera de las Áreas Protegidas, tanto en formación como en la generación de conciencia ambiental.

  4. Uso Público y Turismo.– Programa diseñado para cuidar y mantener la infraestructura existente dentro las Áreas Protegidas, con el fin de lograr que la carga turística cause el menor impacto ambiental posible. También implementa protocolos de seguridad y de promoción turística controlada.

La Constitución del Ecuador incluye varios artículos destinados a la protección, control y cuidado del medio ambiente, como derechos de la “pacha mama”, madre tierra. El artículo 14, capítulo segundo (Derechos del buen vivir), Sección segunda (Ambiente sano) reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Además, se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.

En el título VII. Régimen del Buen Vivir, capítulo segundo de la Constitución, se habla de la Biodiversidad y Recursos Naturales. El Art. 395, por su parte, expone que la Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:

  1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.

  2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado, en todos sus niveles y por todas las personas naturales y jurídicas en el territorio nacional.

  3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales.

  4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.

Así mismo, el Ecuador tiene obligaciones internacionales en materia ambiental, como lo dispone el Convenio UNESCO sobre el Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, para la protección de los bienes culturales y naturales del mundo.

Resulta fundamental indicar que muchas de las áreas protegidas se traslapan con territorios propiedad de Pueblos y Nacionalidades Indígenas, que cumplen un papel fundamental para su protección y salvaguarda. De manera particular, aquellos pueblos que cuentan con sistemas de guardianía o monitoreo, quienes ejercen acciones de control y gobernanza territorial de vital importancia pese a no tener el reconocimiento y apoyo del Ministerio de Ambiente.

La Asociación de Guardaparques del Ecuador sostuvo una reunión con el Ministerio del Ambiente y del Agua el lunes, 22 de junio a medio día, en la que se acordó en que esta institución extendería una carta firmada que disponía la suspensión de la desvinculación de los funcionarios antes mencionados apenas concluya la reunión. Sin embargo, hasta la fecha no han tenido una respuesta o notificación en relación a ese acuerdo.

Genera preocupación la falta de importancia que el Ministerio del Ambiente y del Agua ha demostrado en temas de cuidado y protección ambiental, pues a casi cuatro años del mandato de Lenin Moreno, cinco autoridades han pasado por el Ministerio del Ambiente y del Agua: Tarsicio Granizo, Humberto Cholango, Marcelo Mata Guerrero, Raúl Ledesma Huerta, Juan DeHowitt Holguín y Paulo Proaño. Alertamos que esta situación evidencia una inexistente voluntad política de construir una agenda ambiental coherente y sostenida, más allá de las actividades de gestión ambiental que se han promovido. Lo que se suma a un presupuesto diezmado y a una fusión con la Secretaría del Agua, sin que se haya transparentado cómo se operativiza la misma.

Durante este tiempo, ninguno de los Titulares de esta Cartera de Estado -uno de ellos paradójicamente con experiencia en empresas petroleras (Marcelo Mata Guerrero)- ha demostrado ni la voluntad ni la eficiencia para establecer una política pública encaminada no sólo a garantizar los derechos de la naturaleza, sino también los derechos colectivos.

En este sentido, exhortamos al Estado ecuatoriano, a través del Ministerio del Ambiente y del Agua, se pronuncie y se abstenga de desvincular a los guardaparques y a los trabajadores en materia de protección ambiental; así como, se aplique políticas públicas en el marco de lo que establece la Constitución y los acuerdos internacionales de Derechos Humanos de acuerdo a protección ambiental.


Organizaciones de derechos humanos ganan en la Corte Constitucional ecuatoriana la suspensión de una regulación del Ministerio de Defensa para autorizar el uso de fuerza letal contra civiles

La decisión fue aclamada como protección del derecho a la protesta social y del derecho a la resistencia

 

Contacto: Sophie Pinchetti, sophie@amazonfrontlines.org, Whatsapp: +593 98 148 4873

Quito, Ecuador, 25 de junio de 2020 – El 24 de junio, la Corte Constitucional del Ecuador admitió la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Alianza Nacional de Derechos Humanos, y suspendió de manera efectiva un acto del Ministerio de Defensa— Acuerdo Ministerial No. 179 que contiene el Reglamento para el Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza por parte de los Miembros de las Fuerzas Armadas—emitido en mayo y destinado a incrementar el uso permitido de la fuerza contra las manifestaciones  públicas en ecuador..

El Acuerdo Ministerial abría la puerta al uso indiscriminado de la fuerza y armas de fuego por parte de los militares para responder a reuniones, protestas y manifestaciones, lo que supondría un grave peligro para las libertades civiles de los ecuatorianos y ecuatorianas y el derecho a protestar, organizarse y resistirse a la injusticia.  La decisión de suspender el Acuerdo permanecerá hasta que la Corte adopte una decisión sobre el fondo de la acción de inconstitucionalidad interpuesta por organizaciones de derechos humanos como Cedhu, Surkuna y Amazon Frontlines.

En respuesta, la abogada de Amazon Frontlines, Lina María Espinosa, emitió la siguiente declaración:

“El día de hoy marca un paso importante en la lucha contra la política represiva en el Ecuador y ayudará a garantizar que más de 17 millones de personas mantengan su derecho a protestar, manifestarse y resistir la injusticia sin temor a represalias letales de su propio gobierno. Como atestiguamos en octubre de 2019, cuando miles de manifestantes indígenas, periodistas y otros manifestantes fueron víctimas de fuerza excesiva y violencia por las fuerzas armadas y policía nacional, lo que provocó la muerte de 11 personas y centenares de heridos, algunos con lesiones de por vida, el tratamiento de los civiles como combatientes enemigos tiene consecuencias nefastas para los derechos humanos en este país y en todo el mundo. Amazon Frontlines y nuestros aliados continuaremos luchando ante la Corte por una decisión permanente sobre la inconstitucionalidad de esta forma abusiva e ilegal de poder que el Ministerio de Defensa pretende arrogarse; nuestra lucha es para asegurar que las vidas, libertades y derechos humanos de las y los ecuatorianos sean protegidas y garantizadas; nuestra lucha es un reconocimiento a la memoria de todos los hombres y mujeres que lucharon y a quienes les arrebataron su vida, su integridad o su libertad en octubre de 2019 y es una acción urgente por a los que siguen luchando en las calles para que sus derechos de las decisiones lesivas y abusivas que está tomando el gobierno en la actualidad”

Sobre Amazon Frontlines:

Amazon Frontlines es una organización de derechos humanos con sede en Lago Agrio, Ecuador, que apoya a los pueblos indígenas a trabajar juntos para aprovechar la tecnología, el derecho, los medios de comunicación, la energía limpia, la economía mundial y sus conocimientos sobre los bosques para proteger su modo de vida, sus territorios y nuestro clima. Para obtener más información, visite www.amazonfrontlines.org.


Human Rights Groups Win Suspension of Defense Act To Authorize Lethal Force Against Civilians in Ecuadorian Court

Ruling Hailed as Temporary Protection for the Right to Protest and Resist Injustice

Contact: Sophie Pinchetti, sophie@amazonfrontlines.org, Whatsapp: +593 98 148 4873

Quito, Ecuador, 25 June 2020 —  On June 24, the Constitutional Court of Ecuador admitted an action of unconstitutionality brought by the national Alliance of Human Rights, effectively suspending an act by the Ministry of Defense— Ministerial Agreement No. 179 containing Regulations for the Progressive, Rational and Differential Use of Force by Members of the Armed Forces—  issued in May and intended to increase the allowable use of force against civilians.

The Ministerial Agreement would have opened the door for the military to use indiscriminate force and firearms to respond to meetings, protests and demonstrations, posing grave danger to Ecuadorians’ civil liberties and the right to protest, organize, and resist injustice.  The decision to suspend the Agreement will remain in effect until the Court adopts a decision on the merits of the action of unconstitutionality brought by human rights organizations such as Cedhu, Surkuna and Amazon Frontlines.

In response, Amazon Frontlines’ attorney Lina Maria Espinosa released the following statement:

“Today marks an important milestone in the fight against repressive politics in Ecuador and will help ensure that more than 17 million people retain their right to protest, demonstrate and resist injustice without fear of lethal retaliation from their own government. As we learned in October 2019, when thousands of indigenous protesters, journalists and other demonstrators were met with excessive force and beatings by Ecuadorian security forces, resulting in the death of 11 people, the treatment of civilians as enemy combatants results in dire consequences for human rights in this country, as it does across the globe. Amazon Frontlines and our allies will continue to fight for a permanent ruling on the unconstitutionality of the Defense Ministry’s unlawful power grab in order to ensure that Ecuadorian lives and liberties are protected.”

About Amazon Frontlines:
Amazon Frontlines is a human rights organization with headquarters in Lago Agrio, Ecuador that helps indigenous peoples work together to leverage technology, laws, media, clean energy, the global economy, and their forest knowledge to protect their way of life, their lands, and our climate. For more information, visit www.amazonfrontlines.org.


Comunidades indígenas alertan sobre la presencia de crudo y otros derivados en el río Coca; su situación de riesgo y vulnerabilidad se agudiza

Sr. Hernán Salgado, Presidente Corte Constitucional
Sra. María del Carmen Maldonado, Presidenta Consejo de la Judicatura
Sr. Freddy Carrión, Defensor del Pueblo
Sr. René Ortiz, Ministro de Energía y Recursos Naturales no Renovables
Sr. Paulo Arturo Proaño Andrade, Ministro del Ambiente (E)
Sr. Juan Carlos Zevallos López, Ministro de Salud Pública
Sr. Alberto Zambrano, Presidente de la Comisión de la Biodiversidad y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional
Sra. Cecilia Chacón Castillo, Secretaria de Derechos Humanos
Sr. Rommel Salazar Cedeño, Director General del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias

La tarde del 22 de junio, comuneros reportaron un fuerte olor de diésel y manchas de hidrocarburos en el río, cerca de la comunidad de Sardinas y San Pedro del Río Coca, en la provincia de Orellana. Adicionalmente, en el puente ubicado a la altura de San Sebastián del Coca, se evidenció un inusual movimiento de trabajadores en el río, quienes colocaban barreras de contención.

A las 17:00, los comuneros que trabajan en la empresa CORENA informaron a sus familias que debían quedarse trabajando durante la noche “por una emergencia ocurrida”. Tal como ocurrió el 7 de abril pasado, una vez más las empresas petroleras OMITIERON la obligación de alertar de manera urgente a las comunidades sobre UN DERRAME DE CONTAMINANTES AL RÍO. Una vez más, los comuneros se enteraron cuando vieron pasar frente a sus comunidades una mancha de crudo y aceites en el río.

Entre las 19:00 y las 23:00, las comunidades San Pedro del Río Coca, Sardinas, San Pablo, Lumucha y Toyuca registraron el avance de crudo y aceites a la altura de sus comunidades, como se puede ver en las siguientes imágenes:

Apenas a las 21:20, Petroecuador, a través de su cuenta de twitter, y, en respuesta a múltiples mensajes por esa misma red social que habíamos hecho llegar defensores y defensoras de derechos humanos, se pronunció indicando que se trataría de “trazas remanentes estancadas del evento del 07 de abril, en sitios inaccesibles por la geografía de San Rafael, que a consecuencia de las intensas lluvias, fueron removidas por la corriente del río”.1 Este pronunciamiento es inadecuado y no resulta ser el mejor medio para informar a comunidades remotas en la Amazonía ecuatoriana. Pues, hasta el momento, no hay evidencias de información entregada de manera adecuada a las comunidades afectadas ni de la alerta necesaria sobre el estado del río.

En cualquier caso, el tamaño y la cantidad de manchas observadas por los comuneros y la orden dada a los trabajadores de las empresas de limpieza, es muy poco probable que se trate de un remanente del derrame del 7 de abril, como pretende hacer pasar la empresa EP Petroecuador. Recordamos que en los días siguientes al 7 de abril, las empresas operadoras y las autoridades minimizaron el derrame a “unos cuatro mil barriles” y luego tuvieron que admitir, por lo menos 15.800. Asimismo, la semana pasada, el 18 de junio, se reportó un derrame de combustibles por rotura del poliducto en la misma zona de San Rafael. Entonces, como ahora, Petroecuador y el Ministerio de Recursos y Energía sólo “reconocieron” la rotura por sus cuentas de Twitter ante la denuncia pública de un ciudadano, y no proporcionaron la información debida sobre causas, magnitud, contención ni remediación.

Desde el 7 de abril, las comunidades ribereñas enfrentan graves vulneraciones a sus derechos a VIDA ÍNTEGRA, AGUA, ALIMENTACIÓN, MEDIO AMBIENTE SANO Y SALUD y viven enfrentadas a que estos hechos se repitan como ha sucedido en estos días. El caso es que las vulneraciones por contaminación a derechos colectivos y de la naturaleza se están convirtiendo en vulneraciones sistemáticas y sistemáticamente IMPUNES con consecuencias irreversibles e irreparables.

Los hechos ocurridos evidencian que el riesgo que enfrentan las comunidades es persistente.

Por lo anterior, una vez más, EXIGIMOS al CONSEJO DE LA JUDICATURA cumplir con su obligación de protección y tutela judicial a través de la emisión URGENTE de las MEDIDAS CAUTELARES que hemos solicitado insistente y motivadamente desde el 29 de abril. Exigimos, a la vez, que activen los mecanismos necesarios para que se reanude la audiencia de la acción de protección, suspendida desde hace YA CASI UN MES. Está en sus manos cesar la sostenida violación de derechos y riesgos que enfrentan al menos 27 mil personas indígenas y las comunidades mestizas asentadas en las riberas de los ríos Coca y Napo.

SOLICITAMOS que la Corte Constitucional se PRONUNCIE. No es ético que se guarde silencio cuando la vida de al menos 27 mil personas corre grave riesgo. Es imperativo que la Corte les recuerde a los servidores judiciales su obligación constitucional y legal de actuar apegados a los principios de la tutela judicial efectiva y la debida diligencia. Una acción de protección y unas medidas cautelares planteadas desde el 27 de abril siguen sin la respuesta oportuna, idónea y eficaz para la protección, restitución y reparación integral de los derechos de las víctimas.

EXIGIMOS que Petroecuador EP, OCP Ecuador, Ministerio de Energía y Recursos no Renovables, y Ministerio de Ambiente transparenten los hechos ocurridos ayer (22 de junio) y el pasado 18 de junio, den información completa detallada sobre las roturas y derrames, causas, magnitud y las medidas que han tomado. Que informen, a cabalidad, de manera georeferenciada y minuciosa sobre cada uno de los lugares donde existen las denominadas trazas y remanentes de crudo y combustible de los derrames ocurridos desde el 7 de abril. Es evidente que los derrames siguen ocurriendo y la información completa, veraz y confiables es la única forma de evaluar si las medidas de atención y contención que dicen tomar son efectivas. La existencia de trazas remanentes evidencia que 75 días luego de ocurrido el derrame del 7 de abril, los trabajos de limpieza son ineficaces y confirman que el riesgo letal de las comunidades al consumir agua y peces contaminados. Las entidades estatales concernidas (Ministerio de Salud, Ambiente, Secretaría de DDHH, Secretaría de Riesgos) tienen el deber de ejecutar medidas de atención, protección y restitución URGENTES, EFICACES y PERTINENTES.

SOLICITAMOS a la Defensoría del Pueblo que requiera a las instituciones competentes la información detallada sobre los hechos ocurridos el día de ayer, su naturaleza, alcance, hora y lugar donde se produjo, y detallen las medidas de contención inmediata que tomaron y de reparación que están tomando y sus respectivos resultados. Si la mancha avanzó a las comunidades es evidente que la contención no funciona -como no funcionó el 7 de abril cuando a las 48 horas ya había recorrido al menos 300 kilómetros-. Así mismo, que las instituciones informen en detalle cuándo y cómo alertaron a las comunidades río abajo. Si las comunidades se enteran cuando ven pasar la mancha por sus comunidades es evidente que no hay un plan efectivo de información inmediata. Todo esto es fundamental saber, pues autoridades y operadoras petroleras conocen sobradamente que las comunidades están gravemente impactadas por el derrame del 7 de abril y que su vida íntegra y su salud están gravemente comprometidas. Sin información oportuna y clara sobre cualquier hecho que agrave su seria situación, la misma operación petrolera -sin derrames siquiera- es ya un riesgo sostenido para las comunidades. Si no pueden operar con cuidado y si no pueden responder inmediata y efectivamente por los daños que causan y los riesgos de vida a los que exponen a poblaciones enteras, entonces, no deberían seguir operando.

SOLICITAMOS a la Comisión de la Biodiversidad y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional que cumpla su rol de fiscalización y solicite toda la información a las instituciones involucradas en el derrame de petróleo del día 07 de abril de 2020, las medidas que se han tomado, las alertas, la situación de las comunidades indígenas afectadas. También, que solicite al Consejo de la Judicatura información respecto a la administración de justicia en el proceso constitucional planteado por víctimas del derrame, la falta de respuesta a las medidas cautelares planteadas, las dilaciones injustificadas desde el 27 de abril y la suspensión indefinida del juicio desde el 1 de junio.

Las organizaciones firmantes denunciamos la sistemática violación de derechos de esta población que hoy enfrentaría, además, los impactos del brote de dengue y del covid-19; así como, la impunidad tras 75 días del derrame ocurrido el 7 de abril de 2020. Y replicamos las palabras de Carlos Jipa, presidente de la FCUNAE:

Nuevamente hemos sido víctimas de esto, de este mal que nos está causando cada día. No sé hasta cuándo vamos a continuar con este derrame, esta contaminación de nuestro río Coca. Necesitamos que las empresas responsables reconozcan. OCP y PETROECUADOR deben reconocer que hubo un derrame. No estamos mintiendo, nosotros tenemos testigos dentro de nuestras territorios, de nuestras comunas de esto que ocurrió anoche.

Suscribimos:

Marlon Vargas – Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana – CONFENIAE

Carlos Jipa – Federación de Comunas Unidas de la Nacionalidad Kichwa de la Amazonía Ecuatoriana – FCUNAE

Monseñor José Adalberto Jiménez Mendoza, Obispo Vicariato de Aguarico

Monseñor Celmo Lazzari, Obispo del Vicariato Apostólico de San Miguel de Sucumbíos

Lina María Espinosa – Amazon Frontlines

Alicia Celinda Salazar Medina – Fundación Alianza Ceibo·

Sylvia Bonilla Bolaños – Comisión Ecuménica de Derechos Humanos – CEDHU

Alexandra Almeida – Corporación Acción Ecológica·

Paola Maldonado – Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo – ALDEA

Luis Xavier Solís – Asesor Legal de Fundación Alejandro Labaka

Ana Cristina Vera – Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos SURKUNA

Michelle Erazo Cárdenas – Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos – INREDH

Carlos Mazabanda – Amazon Watch

Francis Andrade Navarrete – Red Eclesial Panamazónica Ecuador

Verónica Potes – profesora, Universidad Central del Ecuador

Alianza por los Derechos Humanos – Ecuador

1 https://twitter.com/EPPETROECUADOR/status/1275260542618402818


75 días después de ocurrido el derrame de OCP y EP Petroecuador, las empresas, ministerios, ni el sistema de justicia atienden y protegen a las víctimas

Dirigentes de las comunas impactadas por el derrame del 7 de abril y organizaciones sociales, denuncian dilación de la audiencia de acción de protección y la falta de atención humanitaria y médica para los afectados.

A pesar de transcurridos 75 días del derrame de al menos 15,800 barriles de petróleo y que múltiples organizaciones comunitarias, eclesiales y esta Alianza, interpusimos una demanda de acción de protección con medidas cautelares a favor de todas las comunidades y personas indígenas afectadas, el proceso no avanza. La audiencia inició el 26 de mayo y permanece suspendida desde el 1 de junio, por presunta enfermedad del juez a cargo de la diligencia; y hasta la fecha no se ha recibido ninguna notificación formal y escrita sobre la reinstalación o las medidas que tomará la Judicatura para que las víctimas no continúen en indefensión.

La situación de las comunidades impactadas no solo es alarmante, sino crítica, especialmente en la salud de niñas y niños. Varios presentan manchas, sarpullido o laceraciones en el cuerpo, que aparecieron semanas después de la contaminación de las aguas de los ríos.

La presencia de problemas dérmicos, un brote de dengue y casos con sintomatología asociada a COVID-19, son cada vez más frecuentes. Estos efectos agudos generados por el derrame y la pandemia, son visibles en al menos el 70% de las comunidades impactadas por las sustancias contaminantes de los combustibles.

Las comunidades afectadas denuncian que no se ha brindado atención humanitaria adecuada, inmediata y especializada del sistema de salud pública; las personas enfermas han recibido medicamentos como ibuprofeno o ácido fusidico, sin consideración de su grupo etario, patologías e historial clínico. Medicamentos que deben usarse cuidadosamente porque no son adecuadas para tratar cuadros de COVID-19, Dengue, Zika, entre otros. Además, los medicamentos para uso tópico entregados por las brigadas médicas ayudan a la inflamación, pero no son la respuesta a un tratamiento periódico y evaluativo.

Según criterios de expertos, los daños en la piel son propios de personas que han estado expuestas al contacto con el agua del río contaminado; la gravedad de estas afecciones se puede intensificar si el ambiente, – sea el suelo, agua, alimentación -, continúa contaminado.

Las comunidades y las personas afectadas no cuentan con agua segura para enfrentar los desafíos de una pandemia; varias se ven forzadas a utilizar agua del río para alimentación, labores limpieza y aseo personal. Además, se conoce, por parte de los dirigentes comunitarios y las organizaciones locales, que los casos con sintomatología asociada a COVID-19, va en aumento. Se requiere de forma urgente realizar pruebas PCR masivos y territorializados a efectos de establecer si se trata o no de casos positivos.

En este cuadro crítico, además, se dio un nuevo derrame de gasolina el pasado 18 de junio en el sector de San Rafael, del cual se desconoce la magnitud de sus impactos. No obstante, el patrón se repite. Con este nuevo derrame las comunidades no fueron informadas y tampoco alertadas.

Por este motivo, alrededor de 27 mil personas indígenas afectadas por este derrame y las organizaciones de la Alianza, exigimos al Estado garantizar sus derechos colectivos y evitar que la negligencia del sistema de justicia no les permita acceder al agua segura, a una alimentación y ambiente sano, a medidas de protección efectivas y a una reparación integral.

Intervenciones:

Verónica Potes – Experta en Derechos Humanos y Ambientales:

“Vemos con mucha preocupación este juicio, porque revela total falta de justicia a la que están sometidas comunidades que han sido afectadas desde el 07 de abril por un derrame de crudo, que pudo haber sido previsto y no lo fue; que pudo haber sido comunicado inmediatamente cuando ocurrió y no lo fue; y que debería ser remediado. (…) Desde mayo, no tenemos información oficial por parte de la justicia de este país y, mientras tanto, las comunidades siguen afectadas, los problemas se van agudizando. En este momento, tenemos una situación de limbo jurídico; es decir, las comunidades están ahí a la espera de que la administración de justicia decida qué hace ante una situación de salud del mismo juzgado, en el que por esa situación está pendiente un juicio, que se supone que tiene que ser ágil; un juicio en el que se han pedido medidas cautelares, precisamente para prevenir que se sigan violando derechos que están siendo violados desde abril”.

Carlos Jipa – Presidente FCUNAE:

“El agua del río sigue contaminada y las comunidades la siguen consumiendo, debido a la falta de otro medio. El agua segura no ha llegado a todas las comunidades. Quienes han recibido los botellones de agua nos dicen que el sabor del agua es distinto, las personas han tenido diarrea y dolor de estómago. No hemos sido escuchados por las autoridades competentes. El tiempo que lleva esta audiencia no es favorable para los kichwas. Estamos muy indignados”.

Alexandra Almeida – Directora Área de Petróleo Acción Ecológica:

“La situación en las comunidades después del derrame de crudo del 07 de abril es peor, hay fracciones de hidrocarburos que son solubles en el agua y son éstos los que dan mayor toxicidad al río, las comunidades están utilizando esta agua, no tienen otra opción. En los últimos días, llegó información sobre la ruptura del poliducto en la misma zona”.

Verónica Gefa – Presidenta Comunidad Toyuca:

“El trato que nos están dando lo hacen ver como ayuda, pero no es ayuda. Estamos en el derecho de reclamar. No podemos sentir sabor y olor, esos son síntomas de Covid19, pero no han llegado a las comunidades a hacernos pruebas rápidas. No hemos tenido respuesta. Seguimos esperando justicia”.

Mons Adalberto Jiménez – Obispo Vicariato de Aguarico : ” Las las comunidades están viviendo 4 daños a la vez: la contaminación por el derrame, el #COVID19, el dengue y las inundaciones.Hay un abandono del Estado. Las autoridades fueron elegidas para que nos defiendan (…)Hago un llamado a OCP Ecuador y PETROECUADOR para que cumplan su obligación de responder a las comunidades por este daño ambiental y social, y al Consejo de la Judicatura de Orellana, llevamos 2 MESES sin que se resuelva el caso. Está bien preocuparse por la salud del juez, pero es necesario que se vele por la salud de las comunidades”.

Contacto de prensa: Yuli Gaona, Comunicación Alianza por los Derechos Humanos – 0980916690